La reforma estatutaria que ha sido admitida por el Congreso de los Diputados este martes tiene la intención de actualizar el sistema electoral, el sistema competencial y los derechos de los ciudadanos, además de garantizar que las singularidades de las Islas estén reconocidas en el sistema de financiación autonómica.
De esta forma, y aunque con una década de retraso, Canarias contará con una Carta Magna de las llamadas de segunda generación y se equiparará a estatutariamente a Cataluña, Valencia o Andalucía.
Entre las principales novedades, destacan:
Definición territorial. Se considera Canarias como Archipiélago Atlántico en el marco del Estado español, con el reconocimiento de las aguas canarias (el mar que conecta las islas y el espacio aéreo) como parte del territorio canario y el ejercicio de competencias en dichos espacios.
Singularidades. Reconocimiento de la insularidad y la lejanía como hechos diferenciales canarios, plasmados en el Tratado de la UE, que obligan a los poderes públicos a adaptar sus políticas a estas especificidades del Archipiélago.
Sistema electoral. Modular la mayoría reforzada en el parlamento para regular el régimen electoral (pasará de 40 a 36 diputados), con la posibilidad de establecer una circunscripción autonómica, junto a las insulares, así como reducir un 50% las barreras electorales actuales.
Competencias delegadas. Se incorporan al Estatuto competencias que en 2006 fueron incluidas en la propuesta de Ley de Transferencias a Canarias (Lotraca): puertos y aeropuertos de interés general, transporte aéreo, comercio exterior, sanidad exterior, telecomunicaciones, gestión del litoral e inmigración.
Organización administrativa. Mejora de la distribución de competencias entre los cabildos y los ayuntamientos; creación de la Conferencia de Presidentes. Regulación del Poder Judicial y la Administración de Justicia en Canarias.
Fiscalidad y financiación. Necesidad de negociación bilateral Canarias-Estado en la modificación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias (REF), creación de la Agencia Tributaria Canaria y exigencia de singularidades en la financiación autonómica.
Otras novedades. Posibilidad de disolución anticipada del Parlamento, potestad para que el Gobierno canario pueda dictar decretos leyes y ratificar por referéndum las futuras reformas del Estatuto de Autonomía.