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Los afectados por el accidente de Spanair acuden al Tribunal de Estrasburgo

La asociación de afectados por el accidente de Spanair han elevado su lucha legal a las instancias europeas después de que el Tribunal Constitucional no admitiera a trámite su recurso contra la decisión de la Audiencia de Madrid que desestimó la investigación de la actuación de los mecánicos que revisaron el MD 82 de la extinta compañía española antes del fatal accidente del 20 de agosto de 2008.

Los familiares y supervivientes del incidente aéreo sucedido en el aeropuerto de Barajas ha presentado una demanda ante el Tribunal de Estrasburgo al entender que la decisión del alto tribunal madrileño menoscaba el Convenio europeo de Derechos Humanos.

Para las víctimas del accidente, acudir a Europa es “la última estación del vía crucis” que ha supuesto para las familias afectadas “la catástrofe aérea más grave de los últimos 30 años en España”. En ella depositan sus “esperanzas” de que el accidente aéreo no quede ni quede “impune” ni se olvide, después de que en España se les haya “negado” justicia.

La sentencia de la Audiencia de Madrid decidió dar carpetazo a la investigación al levantar las imputaciones a los técnicos Felipe G. y José Antonio V., acusados de 154 homicidios imprudentes y 18 lesiones. En consecuencia se acordó el sobreseimiento libre de las actuaciones penales que pesaban contra ellos centrando las responsabilidades del accidente en los pilotos de la aeronave, que fallecieron a consecuencia del propio accidente.

Sobre la actuación de los pilotos, el auto relató que se inició la maniobra sin que “los profesionales accionasen la palanca de control de flaps y slats, para colocarlos en posición de despegue y tras un repaso de forma descuidada y torpe de las tres listas de comprobación que contenían diversos apartados esenciales para el despegue, entre ellos la correcta configuración de estos elementos». «A esta actuación pudo contribuir la presencia, consentida por los tripulantes, de una tercera persona en la cabina, que pudo distraer a aquellos”.

Según ha explicado la Asociación en un comunicado, los afectados han decidido recurrir al Tribunal Europeo tras agotar la vía judicial en España, después de que el caso quedara sobreseído por la Audiencia Provincial de Madrid, que levantó la imputación a los dos técnicos juzgados y consideró que su actuación había sido correcta y no constituyó imprudencia. Para esta asociación, la decisión de sobreseimiento fue “excepcional e inmotivada”, un “histórico caso único”, ya que se apartaba de la propia doctrina del tribunal “a juzgar por las diversas resoluciones dictadas con carácter previo y posteriormente”.

Además, lamenta “el efímero paso” de su caso por el Tribunal Constitucional“ ante el que la asociación presentó un recurso de amparo alegando la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva, con indefensión, y vulneración del derecho a la igualdad en la aplicación de la ley. Su recurso fue inadmitido por el tribunal de garantías.