El último informe de la Audiencia de Cuentas advierte numerosas irregularidades en los contratos suscritos por RadioTelevisión Canaria (RTVC) durante 2018, un ejercicio en el que ostentaron los puestos de máxima responsabilidad en el ente público el periodista Santiago Negrín, en calidad de presidente durante los seis primeros meses, y, desde finales de junio, José Carlos Naranjo Síntes, como administrador único mandatado por el Parlamento de Canarias para adoptar el modelo de gestión directa de los informativos y la subrogación de los trabajadores de la adjudicataria del servicio. Este último asumió el cargo después de haber ejercido durante 26 años como consejero de la propia Audiencia de Cuentas, un órgano fiscalizador que llegó incluso a presidir durante una etapa.
En un extenso documento de 145 páginas firmado por su presidente, Pedro Pacheco, la Audiencia de Cuentas desgrana las incidencias detectadas durante este periodo en el ente. El informe analiza 86 de los 276 contratos suscritos durante ese año en la televisión pública canaria. Los expedientes fiscalizados suman un importe de 15,16 millones de euros, aproximadamente el 60% del total gastado en 2018, que asciende a 24,44 millones. En el caso de la radio, estudia todos los contratos, un total de 13, con un coste global de 264.313,92 euros.
Para el órgano fiscalizador, tanto el acuerdo para subrogar a 219 trabajadores de la empresa Videoreport, adjudicataria en 2008 del contrato de prestación de servicios informativos de la televisión pública, vencido (prórrogas incluidas) en verano de 2019, como la incorporación al ente de un cargo de alta dirección, en concreto el de director corporativo, son “nulas de pleno derecho”.
El informe recalca que el acuerdo de subrogación de los trabajadores de los informativos no contó con los informes previos de las direcciones generales de Función Pública y de Planificación y Presupuestos, que eran preceptivos ya que determinaban retribuciones del personal en puestos de nueva creación. Tampoco se les informó en el plazo de 15 días ni se justificó por qué eran más los trabajadores incorporados en esta subrogación (219, sin personal directivo) que los que estipulaban los pliegos del concurso de 2017 (214, incluyendo altos cargos), subraya el órgano fiscalizador. Ese procedimiento, convocado durante la presidencia de Santiago Negrín, fue declarado finalmente desierto y precedió a un negociado sin publicidad que acabaría siendo judicializado antes de que el Parlamento regional adoptara la decisión de mandatar al administrador único de RTVC a asumir la gestión directa de los programas informativos del ente y, en consecuencia, a trasladar a los trabajadores de la concesionaria al ente público.
Para la Audiencia de Cuentas, ni en la subrogación de los 219 trabajadores ni en la contratación del director corporativo de la entidad (antes denominado jefe de proyectos), rubricada en agosto de 2018, se garantizó el cumplimiento de los principios de publicidad, concurrencia, igualdad, mérito y capacidad que deben regir el acceso al empleo público. En el caso del alto cargo de dirección, que abandonó su puesto en noviembre del mismo año, el informe remarca que también era necesario contar con informes de las direcciones generales de Función Pública y Planificación y Presupuestos, ya que la retribución para estos trabajadores se fija mediante un contrato individual que no está regulado mediante un convenio colectivo.
Contrato de transporte de la señal
El informe de la Audiencia de Cuentas también alude a una de las grandes polémicas que ha sacudido al ente en los últimos años y que ha puesto a la televisión y la radio pública en varias ocasiones en riesgo de fundido a negro: el contrato de transporte de la señal. Durante la presidencia de Santiago Negrín, y ante la falta de consenso en el Consejo Rector para prorrogar un año más el contrato vigente desde 2013, se le adjudicó el servicio a una empresa mediante un procedimiento negociado sin publicidad. La Intervención de la Comunidad Autónoma advirtió entonces de que ese contrato debió tramitarse con un concurso abierto, ya que no estaba justificada la “imperiosa urgencia”, y de que, por lo tanto, el acto se había dictado “prescindiendo absolutamente” de los cauces legalmente establecidos.
Tras la llegada de Naranjo Síntes, en el último semestre de 2018 se mantuvo la señal a través de los denominados expedientes de nulidad, un procedimiento administrativo excepcional. Mediante esta fórmula se pagaron casi cuatro millones de euros en tres tandas. Antes de que acabara el año, el administrador único se erigió en órgano de contratación para convocar un concurso de 22,3 millones de euros durante un plazo máximo de cuatro años. Contra los pliegos de ese concurso se interpuso un recurso que, en primer lugar, no fue admitido por el Tribunal Administrativo de Contratos Públicos (TACP), al declararse incompetente para resolver. Fue el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) quien le obligó a entrar en el fondo del asunto. El contrato, concedido a Abertis, fue declarado nulo de pleno derecho porque el concurso lo había convocado el administrador único a pesar de que esa función excedía de las labores de gestión ordinaria que le había encomendado el Parlamento.
El informe de fiscalización también pone el foco sobre las irregularidades detectadas en 47 expedientes incoados en el ente tras la entrada en vigor, el 8 de marzo, de la nueva Ley de Contratos del Sector Público. En solo nueve de ellos consta el preceptivo informe sobre la necesidad del contrato; solo once incorporan una resolución específica del administrador único sobre la aprobación del gasto y solo en cinco se justifica que no se está alterando el objeto del contrato para evitar, mediante su fraccionamiento, la aplicación de las reglas generales. En otros cinco expedientes tampoco se ha incluido la documentación que acredite el cumplimiento de lo exigido sobre la publicación trimestral de la información relativa a los contratos menores.
La Audiencia de Cuentas alude a cinco facturas giradas a una empresa de mediación para el registro y renovación de marcas, por un importe global de 27.683 euros, que tienen una “causa o finalidad común” y que superan la cifra de 15.000 euros que la nueva Ley de Contratos del Sector Público establece como máximo para la adjudicación de contratos menores. A juicio del órgano fiscalizador, se trata de “un fraccionamiento contractual contrario a las reglas generales de contratación”. En la revisión de la contabilidad de la televisión y de la radio pública se han detectado facturas que no se encuentran en la relación de contratos aportados por el ente (de proveedores, agencias de viaje, de comunicaciones, servicios profesionales, seguros…) o que superan el importe fijado anualmente para las adjudicaciones directas.
En los expedientes de la televisión pública canaria sujetos a la nueva Ley de Contratos del Sector Público, la Audiencia de Cuentas ha comprobado además que se han producido incumplimientos de plazos; que no se ha expuesto a los licitadores descartados las razones de su exclusión y por qué se han catalogado algunas ofertas como “anormalmente bajas”, o que no se ha especificado el importe en los acuerdos de inicio de expediente donde se aprueba el gasto.
En cuanto a las adjudicaciones directas, el informe hace referencia a expedientes que adolecen de falta de documentación; a prórrogas e importes que superan los máximos fijados y que, por lo tanto, vulneran la normativa de aplicación, y, en el caso de los contratos suscritos con Empresas de Trabajo Temporal (ETT), a acuerdos que no han sido publicados, límites cuantitativos que se han sobrepasado, falta de informes y justificaciones o posibles fraccionamientos de servicios con una “unidad o vínculo funcional u operativo”.
Programas y recomendaciones
Entre la muestra analizada se encuentran 45 contratos para la adquisición de derechos de explotación sobre una determinada producción, por un importe total de 11,5 millones de euros. Del estudio de esos expedientes, la Audiencia de Cuentas concluye que en el periodo analizado la televisión pública no tenía “un procedimiento sistematizado ni normalizado en materia de contratación de producciones audiovisuales” atendiendo a criterios “de contenido, presupuesto, calidad artística y técnica”. Tampoco existía un registro “para las propuestas de programas presentados por diferentes productoras que permitan recibir y seleccionar nuevos formatos alternativos, contribuyendo a la igualdad de oportunidades, concurrencia y transparencia”. Según el órgano fiscalizador, la única motivación por la que se regía el ente público para apostar por estos programas era “la media de espectadores de los últimos periodos de emisiones”, por lo que se limitaba a suscribir “adendas o repeticiones de contratos anteriores”.
El informe señala que no hay constancia del coste real de cada programa realizado ni de los ingresos generados para determinar su rentabilidad ni figura “en ninguno de los expedientes” informe relativo a la “ausencia de disponibilidad e idoneidad” de medios propios para hacerlos.
En su exposición final, la Audiencia de Cuentas advierte de que algunas de las irregularidades detectadas son consecuencia de la “ausencia de regulación y establecimiento del mandato marco parlamentario al ente público”, esto es, del modelo de gestión de la RTVC.
En el apartado de recomendaciones, el órgano auditor insta al ente a aprobar directrices comunes para regular los procedimientos de contratación; a “homogeneizar y sistematizar” las tareas de registro, análisis, valoración y aprobación de los proyectos de producción y de emisión, aumentar la plantilla en el área económica y administrativa, ya que considera que está “infradotada”, y a crear una lista de reserva para los perfiles más demandados con la finalidad de evitar la contratación de personal temporal a través de las ETT.