Canarias ya cuenta con su protocolo de exhumaciones, un paso más hacia la recuperación de la memoria democrática
Canarias ha dado un paso más en la recuperación de su memoria democrática. Este viernes se ha publicado en el Boletín Oficial de Canarias (BOC) el protocolo para la localización, exhumación, identificación, conservación y reparación moral de los restos de las personas desaparecidas durante de la Guerra Civil y la represión franquista. Un documento que había sido anunciado por la viceconsejera de Justicia, Carla Vallejo después de que se aprobara por unanimidad en la Comisión Técnica de Memoria Histórica. Se trata de un instrumento que permitirá coordinar las actuaciones de los distintos profesionales implicados para lograr su agilidad, rigor, buena práctica y el respeto y acompañamiento psicológico a las familias afectadas.
El protocolo detalla que antes de iniciarse la exhumación se deberán realizar unas actuaciones preliminares para determinar, con la mayor exactitud posible, la identidad de la persona desaparecida, la historia del caso y el contexto histórico local. Deberán llevarse a cabo, bien de oficio por la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia o por las entidades o personas promotoras, una serie de actuaciones, siempre que no consten realizadas con anterioridad, tales como la elaboración de una ficha ante mortem y un análisis donde se contenga una investigación histórica y documental (archivos, bibliografía y documentos orales) que aporte una información básica sobre el contexto histórico y los hechos acaecidos.
Por otro lado, recoge la importancia de llevar a cabo un proyecto de investigación arqueológica que debe contar con un informe previo sobre la ubicación y características de la fosa, así como un proyecto de intervención arqueológica único que englobe en una primera fase la prospección del entorno de la fosa, para su localización exacta, y una segunda fase de excavación; a no ser que el proyecto solamente contemple uno de los dos aspectos. En el contenido se detallará la descripción de los trabajos de arqueología y planificación, así como la metodología, en donde deberá consignarse en el caso de la prospección la ejecución de tareas de observación y/o el uso de métodos geofísicos de teledetección. Así mismo, deberá recogerse cuáles serán los medios humanos y materiales, el tiempo de ejecución de la intervención así como el presupuesto de los trabajos.
¿Cómo se desarrollarán las actuaciones?
En un tercer apartado se aborda cómo serán las actuaciones, que requerirán siempre de planificación y quiénes componen el equipo. De este modo, se articulará la participación de personas expertas en disciplinas como arqueología, antropología forense, historia y medicina forense. En cuanto a la documentación requerida, se establece que las actuaciones realizadas deberán documentarse mediante texto, foto, vídeo y/o fotogrametría. Se debe fotografiar la zona de trabajo antes de iniciar las tareas y después de que concluyan.
Otro de los grandes apartados es el que propiamente habla del protocolo de excavaciones. En este sentido, se deben tener en cuenta los fundamentos del procedimiento de excavación en cuanto a referencias métricas, extracción ordenada, cribado de tierras... También será fundamental el establecimiento de un perímetro de seguridad, balizado y protegido para evitar el deterioro o el expolio de los restos.
En cuanto al levantamiento de restos, se especifica que se realizarán siempre con la participación de personal experto en antropología forense, garantizando la cadena de custodia a fin de reflejar todas las incidencias de la muestra, desde que se realiza la toma hasta que se destruye o devuelve. Y sobre la custodia de estos restos establece que el personal experto elegirá muestras que sean significativas para proceder a la identificación de los restos hallados y que permitan un mejor análisis para los fines de este protocolo. Por su parte, en cuanto al traslado de muestras, se especifica que se deberán reflejar y archivar datos en cuanto a la toma de muestras, conservación, transporte, en la entrada al laboratorio, durante el análisis, y después del análisis.
Apoyo a las familias y futuras exhumaciones
El protocolo establece así mismo cómo será el destino final de los restos mortales. Si estos han sido identificados, las familias los recibirán y llevarán a cabo la ceremonia que consideren. Por otro lado, los no identificados se inhumarán en el cementerio de la población donde se halla la fosa.
Otro de los puntos novedosos es que se establece un seguimiento para las familias. Des esta manera podrán recibir información puntual y actualizada de cada fase del proceso y de los avances obtenidos, pudiendo asistir, si así han manifestado su deseo, a los procedimientos de excavación. No obstante, las administraciones públicas deberán garantizar que les sea prestada la asistencia psicológica y acompañamiento que pudieran requerir.
Carla Vallejo señaló el mes pasado a este periódico que ya se cuenta con un esquema de las fosas que se quieren intervenir como la Sima de Jinámar, el pozo del Barranco de Arucas o el de la Vuelta del Francés, en Gran Canaria; la situada en el Pinar de Fuencaliente de La Palma y las de de San Juan y la Fuente de Cañizares, en el municipio de La Laguna, en Tenerife.
Esta misma semana se cumplían dos años desde que la fundadora de la Asociación de la Memoria Histórica de Arucas, Pino Sosa, pudo enterrar a su padre, José, asesinado durante la represión franquista. También lo pudieron hacer los familiares de Francisco, Lorenzo, Pedro, Juan o Miguel. Sus restos mortales fueron localizados en el Pozo de Tenoya.
El Gobierno de Canarias también ha dado los primeros pasos para contar con un catálogo de vestigios franquistas y retirar el monumento al dictador en Tenerife, entre otros vestigios que puedan quedar en el Archipiélago.
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