Ricardo (nombre ficticio) ingresó en la lista de espera para someterse a una intervención quirúrgica el 15 de septiembre de 2016. Un año y medio antes había sido diagnosticado de VIH y había permanecido doce días en coma inducido en el Hospital Universitario de Canarias (HUC), en la isla de Tenerife. Los dolores en la cadera izquierda comenzaron a raíz del tratamiento contra el virus de la inmunodeficiencia humana. Una resonancia detectó que la cabeza del fémur se le había necrosado en más de un 50%. No le llegaba flujo sanguíneo, lo que le ocasionaba importantes problemas para sentarse, ponerse de pie y caminar. Los especialistas en Traumatología decidieron entonces perforar el hueso y restaurarlo a través de injertos.
Ricardo no salió de esa lista de espera hasta el 15 de octubre de 2018. Y lo hizo no con la operación programada exactamente dos años y un mes antes, sino con una prótesis de cadera. Había transcurrido tanto tiempo que la situación se agravó hasta el punto de tener que cambiar el tipo de intervención. El Servicio Canario de Salud (SCS) ha reconocido que esa demora produjo al paciente un daño “que no tenía el deber de soportar”. En aplicación de la doctrina de la “pérdida de oportunidad”, la sanidad canaria le indemnizará con 27.845,44 euros, una cantidad que el Consejo Consultivo, que ha emitido el preceptivo dictamen, considera ajustada.
Traumatología es una de las especialidades que más lista de espera y demora acumula en Canarias. En septiembre de 2016, 3.856 pacientes aguardaban por una operación en este servicio en el HUC, el centro de las Islas con peores registros tanto en este indicador como en el tiempo de espera, que entonces ascendía de media a 251 días, es decir, ocho meses. Según los últimos datos publicados por la Consejería de Sanidad, correspondientes a diciembre de 2019, el número de personas pendientes de ser intervenidas en esta área del complejo tinerfeño ha descendido hasta las 2.540, pero la demora se ha incrementado hasta los 266 días.
En el caso de Ricardo se superaron con creces esos plazos, a pesar de que la operación estaba catalogada de prioridad máxima. En febrero de 2017, seis meses después de que ingresara en la lista y ante los “desproporcionados tiempos de espera” que sufría, el servicio de Traumatología del HUC indicó el carácter urgente de la intervención. Sin embargo, no fue hasta marzo de 2018 cuando, con el preoperatorio ya preparado, una prueba de imagen programada para ver el estado del paciente evidenció la “pérdida de esfericidad” en la cabeza del fémur, una alteración en su forma que descartaba la intervención por la que llevaba esperando más de un año y medio.
Los facultativos del hospital público decidieron entonces colocarle una prótesis total de cadera, una operación más complicada y que conllevaba una recuperación más lenta. El paso del tiempo había agravado la situación del paciente, que acabó siendo intervenido el 15 de octubre de 2018 en el Hospital Quirón. Tres meses antes, ya había presentado una reclamación en la que solicitaba a la administración que le resarciera por los daños ocasionados como consecuencia del retraso en la prestación sanitaria. Solicitaba, sobra la base del baremo de los accidentes de tráfico, una indemnización de 148.525,44 euros, ya que también atribuía al SCS una actuación negligente por un supuesto error inicial de diagnóstico de un quiste en las cuerdas vocales, interpretación que no comparten ni la Consejería de Sanidad ni el Consejo Consultivo.
La propuesta de resolución de la Secretaría General Técnica del SCS, que estima en parte la reclamación del paciente, se basa en un informe del Servicio de Inspección y Prestaciones (SIP) que reconoce que el de Ricardo “no es un caso típico y común”. En sus conclusiones, destaca que el intenso tratamiento de corticoides al que estaba siendo sometido por su infección por VIH produce una rápida pérdida de masa ósea y de la calidad del hueso (osteoporosis). El virus de inmunodeficiencia humana “es importante tanto en la aparición de la necrosis como en el empeoramiento posterior de la misma afección”. Es decir, actúa como generador de la patología y como acelerador. La intervención prescrita al paciente en 2016 sirve para “aliviar el dolor” y retrasar la artroplastia (la implantación de la prótesis de cadera), pero “no es garantía de mejora”, explica el informe. Según el SIP, aunque esta operación se hubiera realizado en plazo, existían “grandes probabilidades” de que el afectado hubiera necesitado igualmente la prótesis.
El Consejo Consultivo, que refrenda la resolución del SCS, alude a la “pérdida de oportunidad terapéutica”, un concepto que se mueve en “el terreno de la probabilidad”. “La incertidumbre en los resultados es cosustancial a la práctica de la medicina, pero los ciudadanos deben contar con la garantía de que, al menos, van a ser tratados con diligencia aplicando los medios y los instrumentos que la ciencia médica pone a disposición de las administraciones sanitarias”, enfatiza un dictamen que establece una relación causal entre el agravamiento de la patología y la demora de más de dos años en ser intervenido. Este retraso ocasionó un “cambio en la estrategia quirúrgica” por la que el paciente debe ser indemnizado, concluye este órgano.
En cuanto a la cuantía de la indemnización, entiende que debe establecerse de forma estimativa teniendo en cuenta la pérdida de posibilidades de curación sufrida por el paciente. En este caso, considera aceptable la cantidad de 27.845,44 euros fijada en la resolución del SCS en base a la edad y puntuación del paciente según los baremos establecidos para los accidentes de tráfico.