Sanidad y los colegios oficiales de farmacéuticos acuerdan nuevas condiciones para prestar este servicio

Efe

La Consejería de Sanidad y los colegios oficiales de farmacéuticos de las provincias de Santa Cruz de Tenerife y de Las Palmas han acordado este martes un nuevo concierto por el que se fijan las condiciones para la ejecución de la prestación farmacéutica en los próximos cuatros

Según Sanidad, este nuevo concierto dará seguridad jurídica y operatividad, puesto que durante los diez años en los que ha estado en vigor el anterior acuerdo se han registrado numerosos cambios en el ámbito de la prestación farmacéutica y de productos dietéticos en el Sistema Nacional de Salud que hacían necesario definir y consolidar el marco y las relaciones entre la administración sanitaria canaria y las farmacias.

Entre los cambios que se han sucedido en estos diez años, figura la actualización normativa por la receta médica y de orden de dispensación, además de todo lo relativo a la dispensación de receta electrónica, conjuntamente con la de papel, y la actualización de las causas de devolución de recetas.

El nuevo acuerdo simplifica los órganos colegiados del anterior concierto, de forma que se suprimen las comisiones territoriales de Farmacia y se crea una subcomisión técnica para cada provincia, más ágil y eficiente, y, por ejemplo, se actualiza la escala de descuentos a practicar a los absorbentes de incontinencia.

El nuevo texto establecerá, por un período de cuatro años, el régimen de colaboración entre las oficinas de farmacia de la Comunidad Autónoma de Canarias y el Servicio Canario de la Salud, en lo referente a los servicios profesionales relacionados con la prestación farmacéutica.

Fijará las condiciones en las que las oficinas de farmacia colaborarán profesionalmente con el SCS en la dispensación de los productos prescritos en recetas médicas oficiales que contengan medicamentos de uso humano, financiados por el sistema público y que estén fabricados industrialmente y registrados por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios.

Según el texto acordado, el nuevo concierto determinará las condiciones por las que se regirá el procedimiento de facturación de las recetas médicas y órdenes de dispensación, así como el pago por parte del SCS de esta relación de productos.

Durante la firma del convenio, el presidente del Consejo de Farmacéuticos de Canarias y del Colegio de Farmacéuticos de Santa Cruz de Tenerife, Guillermo Schwartz, destacó que este nuevo concierto es muy importante porque actualiza y adapta a la realidad actual las relaciones de los colegios de farmacéuticos con la prestación farmacéutica.

El presidente del Colegio de Farmacéuticos de Las Palmas y vicepresidente del Consejo de Farmacéuticos de Canarias, Juan Ramón Santana, considera que el concierto mejora la calidad asistencial al usuario, contribuye a la sostenibilidad del sistema público y posibilita el desarrollo de las distintas funciones del farmacéutico no solo en la dispensación del medicamento, sino en la promoción de la salud y la prevención de la enfermedad.

Sanidad recuerda que otro de los aspectos contenidos en el nuevo concierto, es la fijación de las condiciones económicas y de gestión de la prestación farmacéutica, conforme a lo establecido en la normativa en vigor, sin perjuicio de aquellas otras prestaciones y servicios que las partes consideren de interés para los usuarios sanitarios de Canarias que contribuyan a la atención integral de la salud.

Igualmente, el SCS y los colegios oficiales de farmacéuticos expresan su voluntad en el acuerdo de implantar y coordinar la colaboración en el desarrollo de la atención farmacéutica de programas de promoción de la salud y prevención de las enfermedades, de detección de problemas relacionados con los medicamentos y productos sanitarios y de educación sanitaria orientada al uso racional.

En cuanto a la dispensación, los acuerdos establecidos en el concierto están sometidos a la normativa general que regula la prestación farmacéutica del SNS y se efectuará en todas y cada una de las farmacias, legalmente establecidas y siempre que no estén sometidas a sanción que lo impida, bajo la responsabilidad y dirección de los farmacéuticos titulares.

Respecto a la facturación, la administración de la Comunidad Autónoma abonará a las oficinas de farmacia las recetas y órdenes de dispensación correctamente dispensadas y facturadas por meses naturales.

Con carácter previo al abono de la factura, que se hará efectivo el día 20 del mes siguiente, el SCS procederá a la comprobación de la información recibida por parte de los Colegios Oficiales de Farmacéuticos.

Para el cumplimiento y aplicación de las cláusulas del concierto se creará una Comisión de Seguimiento del Concierto con las Oficinas de Farmacia, que se encargará de la resolución de las incidencias y dudas que se puedan producir