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El TSJC confirma al tribunal que juzgará el caso Las Teresitas en septiembre

Efe

Santa Cruz de Tenerife —

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha desestimado la recusación de los tres magistrados de la Audiencia de Santa Cruz de Tenerife que juzgarán el “caso Teresitas”, el presunto “pelotazo” por el que la ciudad pagó 52 millones de euros por unos terrenos valorados en la mitad.

La Audiencia Provincial ya había determinado hace meses que corresponde juzgar ese presunto caso de corrupción en el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife a una sala que estará formada por su presidente, Joaquín Astor Landerete, y a los magistrados Jaime Requena Julián y Fernando Paredes Sánchez.

Sin embargo, los tres habían sido recusados por uno de los procesados, el exconcejal de Urbanismo de la ciudad, Manuel Parejo (CC), con el argumento de que se trata de los mismos jueces que confirmaron su condena a dos años de prisión por prevaricación urbanística en el conocido como “caso Mamotreto”.

Parejo sostenía que había una conexión evidente entre los hechos que se van a juzgar en el caso de la playa de Las Teresitas con el procedimiento que determinó su condena en el “caso Mamotreto” (la concesión de un permiso ilegal para construir un edificio de aparcamientos que daría servicio a esa misma zona del litoral).

Y, a su juicio, ello ponía en cuestión la imparcialidad de esos tres magistrados para juzgarlo, porque ya lo han declarado culpable cuando revisaron su actuación respecto al “Mamotreto”.

La Sala Especial constituida por el TSJC para examinar esta recusación, bajo la presidencia de Humberto Guadalupe, recuerda que “no basta” con formular dudas sobre la imparcialidad de un magistrado, “sino que es preciso determinar caso a caso si las mismas alcanzan la consistencia que permita afirmar que se hallan objetiva y legítimamente justificadas”.

El TSJC subraya que, aunque Manuel Parejo vaya a ser juzgado de nuevo por los mismos magistrados, va a comparecer por un asunto diferente: “La posible existencia de un delito de prevaricación y malversación de caudales públicos por la compra efectuada por el Ayuntamiento (de Santa Cruz de Tenerife) de once parcelas que integran el frente de la playa de Las Teresitas a Inversiones Teresitas SA”.

La Sala recuerda que el Tribunal Constitucional ha sentenciado que “es perfectamente factible que el mismo órgano judicial juzgue a la misma persona en relación a hechos distintos, salvo que los hechos de los procesos estén tan relacionados, que el enjuiciamiento de los mismos haya generado una postura o prejuicio del citado órgano judicial que lo inhabilite para juzgar el otro asunto”.

Para el TSJC, no existe tal conexión de hechos entre los casos “Mamotreto” y “Teresitas” que permita afirmar que los magistrados Astor Landerete, Requena Julián y Paredes Sánchez ya tienen decidido lo que fallarán respecto a la compra de los terrenos de la playa.

“Es por ello que, al presentar cada caso concreto sus propias particularidades, las doctrinas aplicadas en un caso podrían no ser extensibles al otro, e incluso producirse un cambio de criterio siempre que se justifiquen adecuadamente las razones para ello”, concluye la Sala Especial.