Nada menos que 50.000 metros cuadrados es la diferencia que existe entre la delimitación que el Estado hizo del conjunto monumental de La Orotava en el año 1976 y la que luego fijó el Gobierno canario en 2005 bajo el nombre de centro histórico. Esa fue la superficie que dejó de estar protegida por la Ley de Patrimonio.
El colectivo El Rincón mostró su desacuerdo con esta reducción, que consideraban peligrosa y significativa. Pero la respuesta del Ejecutivo canario es que nunca se encontró el plano original que justificó la primera delimitación.
Sin embargo, casualidades de la vida los ecologistas dieron con el dichoso plano y entonces se le acabaron los argumentos al Gobierno, que de todas formas se negó a dar marcha atrás. Como resultado, el colectivo acudió a los tribunales, que al final vienen a decir que la capacidad última de delimitar un entorno protegido, con o sin planos de por medio, recae en los gobiernos autónomos.
Ya el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) se había opuesto a los argumentos de los ecologistas, que han tenido igual suerte en el Supremo. El Rincón planteó desde un primer momento la falta de coincidencia entre ambas delimitaciones en detrimento de la que declaró a La Orotava como conjunto histórico-artístico en el año 1976.
Los ecologistas presentaron un informe pericial en el que se recogían las diferencias entre los dos entornos protegidos. Uno de los miembros del colectivo planteó que el área que ha quedado fuera del ámbito de protección no es desde luego irrelevante y, por ejemplo, está el ámbito que discurre entre Santo Domingo y La Ratona y toda la cuesta que se sitúa debajo de Villa la Marquesa.