Agentes de la Guardia Civil pertenecientes al Servicio de Protección de la Naturaleza (Seprona) en Playa de las Américas, en colaboración con el Puesto de Adeje, han realizado una actuación relacionada con el hallazgo en la localidad de Callao Salvaje, perteneciente al municipio de Adeje, de un ejemplar disecado de cocodrilo enano africano, informó la Guardia Civil en una nota de prensa. Es el segundo que se encuentra en Tenerife en pocas semanas.
El hallazgo se produjo cuando la patrulla en servicio del Puesto de la Guardia Civil en Adeje observó el citado ejemplar en la misma vía pública, concretamente en una calle de la localidad de Callao Salvaje. Tras percatarse de que podía tratarse de una especie protegida, alertaron a los especialistas en esta materia, el Servicio de Protección de la Naturaleza de la Guardia Civil, que, tras su debido análisis, concluyó que se trataba de un ejemplar disecado de cocodrilo enano africano (Osteolaemus tetraspis), oriundo del Golfo de Guinea.
Este tipo de especies actualmente están catalogadas como “vulnerables” debido al alto riesgo de extinción que sufre la especie.
Además, este reptil se encuentra protegido por el Convenio sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de la Flora y Fauna silvestres (CITES), hecho en Washington el 3 de marzo de 1973, donde se le otorga el mayor grado de protección, concretamente se incluye en el apéndice I. Este prohíbe su comercialización internacional con fines lucrativos.
La tenencia ilícita de ese tipo de especies está tipificada como delito en el artículo 334.1, apartado b), del vigente Código Penal, por realizar comercio ilícito de partes y derivados de especies protegidas de fauna silvestre incluida en el Reglamento CE 338/1997, del Consejo, de 9 de diciembre de 1996, relativo a la Protección de Especies de la Fauna y Flora Silvestres mediante el Control de su Comercio y en el Convenio sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de la Flora y Fauna silvestres (CITES), hecho en Washington el 3 de marzo de 1973.
Independientemente de la posible sanción penal que castiga esta acción con pena de prisión de seis meses a dos años o multa de 8 a 24 meses y, en todo caso, con inhabilitación especial para profesión u oficio, así como para el ejercicio del derecho de cazar o pescar por tiempo de 2 a 4 años, en estos casos también se puede instruir denuncia administrativa por una infracción a la normativa sobre represión del contrabando.