Santa Cruz de Tenerife ha estrenado este martes otra webcam en la playa del Benijo. Además, ha cambiado el enfoque de otra que apuntaba a unas viviendas; la del Roque de Las Bodegas. El concejal de la oposición Tino Guzmán (PSOE) ha recordado en su cuenta de Twitter que el plano y la resolución actual de l cámara situada en este punto son diferentes. Hace unos días, insistía en que “control de playas, sí, pero de esta manera no” ya que se podía vulnerar la ley de protección de datos.
El consistorio ha señalado este martes en un comunicado que ha puesto en marcha la webcam correspondiente a la playa de Benijo, en el litoral de Anaga, “toda vez que se solucionaron los problemas técnicos registrados con la señal, a las que se sumarán en breve las que se situarán en la playa de Las Gaviotas y en el muelle de Añaza”.
Según la concejalía de Medio Ambiente, que lidera Evelyn Alonso, “las cámaras cumplen con la normativa, ya que dan una visión panorámica y las imágenes se emiten a tiempo real, sin que sea necesario la custodia de las cámaras, ni se produce grabación alguna”. El objetivo, indica la nota, es “ comprobar en directo cómo se encuentran zonas de costa del municipio y evitar así desplazamientos innecesarios, más en estos tiempos complicados de pandemia”.
Polémica por su legalidad
La instalación de estas cámaras ha suscitado polémica en los últimos días por su legalidad. El sistema es utilizado en otros portales web y es una práctica extendida en las playas del mundo, pero debe cumplir una serie de requisitos para no chocar con la Ley de Protección de Datos. En especial, la duda recaía sobre las cámaras que enfocaban hacia viviendas y cuyo enfoque ha sido modificado con respecto a lo que se apreciaba el pasado viernes.
“Tres días más tarde ya han tenido que modificar el plano que emitían y bajar su resolución. Es una tirita para tapar una hemorragia, pero confirma lo ya dicho”, ha señalado Tino Guzmán en su cuenta de Twitter.
“La captación de imágenes de la vía pública de personas identificadas o identificables y fuera de un ámbito estrictamente personal o doméstico se encuentra reservada, con carácter exclusivo, a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado con fines de videovigilancia, en consonancia con lo establecido en la Ley Orgánica 4/1997”, es lo que expone la normativa actual. No obstante, la Agencia Española de Protección de Datos en la documentación enviada a este periódico al planterale este asunto, ha señalado que quedaría fuera del ámbito de la ley siempre que se trate de imágenes de paisajes o playas que no permitan identificar a las personas.
Así mismo, La actual Guía sobre el uso de videocámaras para seguridad y otras finalidades, establece que “no sería de aplicación el Reglamento General de Protección de Datos cuando las imágenes muestren una panorámica general de una playa en la que no sea posible la identificación de las personas, como sería el caso cuando el objetivo de las imágenes fuera mostrar el estado del oleaje para proporcionar información a los aficionados del surf acerca de las condiciones para la práctica de este deporte”.