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El Gobierno canario aprueba las ayudas de alquiler para los afectados por el derrumbe de un edificio en Arona

EFE

Santa Cruz de Tenerife —

El Gobierno de Canarias ha aprobado este jueves las ayudas para el alquiler de viviendas a las personas afectadas por el derrumbe de un edificio de Los Cristianos, en Arona, ocurrido el pasado 14 de abril, que tendrán un periodo máximo de duración de seis meses y un importe que no superará los 650 euros.

A estas ayudas, de carácter excepcional, podrán acceder las personas cuyas viviendas constituyan su domicilio permanente, efectivo y continuado, ya sean propietarios, usufructuarios o arrendatarios, quedando excluidas las segundas residencias, según establece el decreto aprobado, del que ha informado la consejera de Hacienda, Rosa Dávila, tras una reunión del Consejo de Gobierno.

La vicepresidenta del Gobierno de Canarias, Patricia Hernández, durante una visita a Los Cristianos, había anunciado la aprobación urgente de esta línea de ayudas, que concederá la Consejería de Vivienda regional, previo informe justificativo del Ayuntamiento de Arona en el que se determinarán las personas afectadas.

El edificio afectado era un bloque de 4 plantas con 24 viviendas y 4 locales comerciales, de los cuales 10 apartamentos estaban deshabitados, 12 alquilados, y en 2 vivían sus propietarios, constituyendo su residencia habitual.

Las personas afectadas podrán presentar la solicitud para acogerse a las ayudas de alquiler en el registro del Ayuntamiento de Arona o en cualquiera de las dependencias o formas previstas en el Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

También podrá presentarse telemáticamente, a través del registro electrónico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (http://www.gobcan.es/registroelectronico).

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días a contar desde el siguiente a la fecha de publicación del decreto en el Boletín Oficial de Canarias, sin perjuicio de que pueda ampliarse por orden de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda.

El pago de las ayudas de alquiler se abonará por trimestres anticipados y el beneficiario deberá justificar las cantidades mediante la presentación de los recibos de alquiler correspondientes a cada trimestre. La justificación deberá efectuarse de manera inmediata al vencimiento del correspondiente trimestre.

Las ayudas se concederán de forma directa, al acreditarse razones de interés público, social y humanitario derivado de las excepcionales circunstancias que han motivado la concesión de estas ayudas.