El Partido Popular (PP) en Arona ha sido condenado por la Agencia Española de Protección de Datos a pagar 1.500 euros por haber cometido una infracción “grave”. El motivo es que la formación política enviaba periódicamente a un afiliado correos electrónicos en los que eran visibles las direcciones de hasta cien personas, empresas o entidades más.
Así ocurrió cuando se le convocó al XIII Congreso Regional del PP, en calidad de compromisario en el mes de abril de 2012, a la clausura en mayo y a un foro sobre Santa Cruz, en junio. En la relación que aportó el denunciante estaban prácticamente todos los dominios como gmail.com, hotmail.com, telefónica.net que pertenecen a particulares o a empresas, asociaciones de vecinos, brokers o analistas.
El PP, por su parte, se defendió argumentando que en el momento de la afiliación se rellena un formulario en el que se puede elegir no recibir correos electrónicos y que estas cuentas sólo eran gestionadas por el PP. Sin embargo, también admitían que en aquel entonces estaban inmersos en un proceso de mejora de los procedimientos para cumplir con la normativa de protección de datos. Y entre ellos estaban la mejora de las pautas sobre la remisión de correos electrónicos. Admitieron que no se utilizó la opción de copia oculta por “un error humano” y se aceptó la imposición de una multa pero en su nivel más leve.
El denunciante, sin embargo, consideró que el PP como formación política debería de ser más escrupuloso en cumplir la legalidad. El afiliado se lamentó de que todos los que recibieron el correo tuvieron conocimiento de que pertenecía a este partido. El hecho era más grave aún si se tiene en cuenta que el PP cuenta con alrededor de un millón de afiliados. Por ello, solicitaba la imposición de una multa por 240.000 euros y que se investigase la relación entre el PP y una de las empresas cuya dirección aparecía en el listado. Petición que fue descartada.
La Agencia consideró que los correos electrónicos contienen información acerca de su titular y puede ser considerados datos personales. Aunque la falta queda tipificada como grave y por lo tanto el PP podía haber sido sancionado con una cantidad que oscila entre los 40.001 y los 300.000 euros, al final se valoró que admitieran de forma voluntaria los hechos y estuviera trabajando en utilizar nuevas directrices para que no se vuelva a repetir. También se tuvo en cuenta la falta de intencionalidad y la ausencia de negocio.