La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha absuelto al promotor inmobiliario Jaime Cortezo de los delitos de estafa, falsedad documental y alzamiento de bienes que le imputaban varios propietarios de las viviendas de Hoya Pozuelo, situadas en primera línea de mar en el barrio de La Garita, en Telde. También ha quedado libre de cargos la contable de la empresa, Juana Rosa Fuentes, que estaba procesada por firmar una de las escrituras de compraventa. Elena del Castillo, esposa de Cortezo, resultó absuelta en la última sesión del juicio después de que la acusación retirara los cargos contra ella.
Los magistrados de la Sala, con José Luis Goizueta como presidente, coinciden con los argumentos esgrimidos por el fiscal Ernesto Viera en sus conclusiones finales y no aprecian voluntad de engaño en la actuación del empresario, que vendió unos inmuebles que estaban afectados por un expediente de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural (Apmun) del Gobierno de Canarias por invadir la zona de servidumbre de cien metros fijada por la Ley de Costas. Esta situación administrativa concluyó con una orden de derribo de las viviendas, con sentencias judiciales firmes, aunque aún no se ha procedido a la demolición de las mismas.
Dos querellantes solicitaban ocho años de cárcel y una multa de 24 meses con una cuota diaria de 400 euros para Cortezo, además de su inhabilitación para el ejercicio de actividades inmobiliarias. Para Fuentes pedían cuatro años de prisión y una sanción económica de 12 meses con una cuota de 100 euros al día. Además, el matrimono formado por Antonio Antón y Clotilde Saavedra reclamaba una indemnización de 784.661 euros y Julián Téllez, otro de los compradores, una de 603.729 euros.
Por su parte, un segundo grupo de denunciantes pedía un total de 17 años y medio de cárcel para Cortezo por los delitos de estafa (10), falsedad documental (4 y medio) y alzamiento de bienes (3), además de una indemnización que en su conjunto ascendía a 3.833.084 euros.
La Sala distingue en la sentencia dada a conocer este martes entre dos bloques de compradores. Por un lado, alude a aquellos que adquirieron sus viviendas antes de que se tuviera conocimiento de la incoación de un expediente administrativo por parte de la Apmun (21 de febrero de 2000). En estos casos, “no consta” que Cortezo supiera de la existencia de la denuncia interpuesta en septiembre de 1999 por José Luis Arencibia, un antiguo trabajador del empresario. Además precisa que el proyecto contaba con todas las licencias preceptivas y que el punto de medición de la zona de servidumbre “es interpretable”, según pusieron de manifiesto en el juicio Javier Cortezo, director de obra y hermano del promotor, y Enrique de Vidania, ingeniero topógrafo, quienes defendieron que la medición realizada por Costas era errónea.
En referencia a los otros compradores, a los que se les vendió las viviendas después de la apertura del expediente, los jueces consideran que, para que hubiera estafa, debía acreditarse que no cabia la legalización de las casas y que se hubiera ocultado la existencia de la mencionada situación administrativa. Dos vecinos de Hoya Pozuelo adquirieron los chalets tan sólo tres días después de la notificación del expediente, por lo que la Sala entiende que no hubo una “ocultación maliciosa” por parte de la empresa, ya que “había motivos para estimar que tenía poco recorrido”.
La resolución de la Apmun decretando la infracción urbanística no llegaría hasta el 4 de agosto de 2000. Ya entonces, según admitieron varios testigos en el juicio, la empresa había organizado dos reuniones para informar a los vecinos afectados y había reservado una provisión de fondos para hacer frente a las posibles devoluciones. El fallo pone de manifiesto que ninguno de los afectados solicitó la resolución de los contratos o la devolución de cantidades.
“Fueron advertidos del contencioso con la Administración”, sostiene una sentencia que se detiene en las declaraciones de la periodista María Candelaria Sánchez, que en ese momento trabajaba junto a Cortezo y que reconoció que sabía de la existencia del expediente y que decidió comprar por la confianza que tenía en el empresario, y de Antonio Antón y Clotilde Saaveda, cuyas manifestaciones “se contradicen” con lo afirmado por varios testigos en la vista oral. Por otra parte, subrayan que las referencias en prensa eran “constantes” desde marzo hasta diciembre de 2000.
La acusación intentó probar en el juicio que Hoya Pozuelo no contó toda la verdad, que se limitó a informar de la existencia del expediente de la Apmun, a minimizar el conflicto y ocultar la amenaza de derribo con el propósito de engañarles.
Y si conocían la infracción, ¿por qué decidieron comprar las viviendas? Los magistrados se aventuran a dar una posible explicación en su sentencia: los afectados confiaban en “la influencia política” de Cortezo para evitar el derribo. En este sentido, recuerdan que el promotor es familiar de Tomás Van de Walle, quien fuera consejero de Política territorial y Medio Ambiente desde julio de 1999 a enero de 2001.
Con todo, la Sala no aprecia ningún tipo de engaño en la compraventa de las viviendas de Hoya Pozuelo y tilda de “pobre” el bagaje probatorio. Con respecto a los otros dos delitos imputados a los acusados, los de falsedad documental (por no hacer constar en las escrituras ninguna mención al expediente de la Apmun) y el de alzamiento de bienes (por dejar desprovisto de patrimonio propio a la empresa Hoya Pozuelo), la Sección Segunda concluye que la absolución del delito de estafa conlleva también la de los otros dos.
Contra la decisión de la Audiencia Provincial aún cabe recurso ante el Tribunal Supremo.