El abogado y empresario Luis Lleó, principal acusado en la mayor trama de corrupción política y empresarial de Canarias por número de delitos y piezas, el caso Unión, ha gastado una de sus últimas balas para intentar anular las pruebas que lo incriminan en el intento de soborno a Carlos Espino, consejero de Política Territorial del Cabildo de Lanzarote en el momento de los hechos, para desbloquear un proyecto de urbanización que el ahora encartado promovía en el sur de la Isla.
Este jueves se ha celebrado en la Ciudad de la Justicia de Las Palmas de Gran Canaria la vista sobre las cuestiones previas, la antesala del juicio oral. El acto ha estado presidido por el polémico magistrado Salvador Alba, que juzgará a Lleó y a Fernando Becerra (el otro procesado) por el procedimiento de tribunal de jurado, salvo que sea apartado si antes prospera alguna de las acciones penales o disciplinarias que en su contra se tramitan en el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) y en el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) por maquinar una declaración junto a un empresario investigado para perjudicar a la también magistrada Victoria Rosell.
La decisión que adopte Alba sobre las cuestiones previas planteadas este jueves por las partes y, en especial, sobre la solicitud de la defensa del principal acusado para anular determinadas pruebas, será clave para el devenir del juicio de esta pieza, la que dio origen al caso Unión. Ya lo advirtió el propio juez en la conversación que mantuvo el pasado 23 de septiembre con sus compañeros de la Sección Sexta de la Audiencia Provincial en el office del tribunal, una charla que grabó y que presentó a un procedimiento judicial. “Espérate, espérate. Hay cuestiones previas ahí… ¡Cuidado!”, advertía Alba a otro magistrado que veía a Lleó “pillado por todos lados”. “El problema de Lleó es que es un jurado. Y un jurado lo va a condenar seguro”, aventuraba Alba en esa grabación.
Más de 500 folios y documentos anexos
El extensísimo escrito de cuestiones previas redactado y presentado por Lleó superaba los 550 folios y los 500 documentos anexos. El letrado que ejerce su defensa, Manuel Matamoros, ha centrado su intervención de este jueves en abordar aquellos puntos del escrito que, en su opinión, tienen “fundamento” y ha descartado aludir a buena parte de los argumentos esgrimidos por su cliente. Aún así, su exposición se ha extendido durante un periodo de casi dos horas. Alba le ha interrumpido en dos ocasiones para pedirle que finalizara su alegato.
“Podríamos dar una impresión paranoica, pero hemos procurado defendernos con lealtad al proceso”, ha reconocido Matamoros en relación a la extensión de las cuestiones previas y a la gran cantidad de recursos que ha presentado su cliente desde que diera comienzo el procedimiento. La defensa de Lleó ha continuado con su estrategia de intentar desacreditar la instrucción del juez César Romero Pamparacuatro, la actuación del Ministerio Fiscal y la “ineficiente” investigación de la Policía Judical y ha llegado a hablar de “filibusterismo procesal”.
Para Manuel Matamoros, durante el procedimiento se han cometido irregularidades graves que han vulnerado derechos fundamentales de su representado. La primera alegación hace referencia a la grabación realizada el 5 de junio de 2008 de una reunión entre Carlos Espino y Fernando Becerra, el empresario que ejerció de intermediario en el intento de compra al entonces consejero de Política Territorial del Cabildo de Lanzarote y denunciante del caso. La defensa de Lleó considera que esta prueba no es válida porque se realizó sin autorización judicial, a instancias de los agentes de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil que habían recibido la denuncia de Espino unos días antes. “Se ideó un plan para intentar reproducir hechos que habían tenido lugar hace dos semanas (el primer encuentro entre Espino y Becerra) No se adivina la razón de urgencia para realizarlo”, aseveró Matamoros.
Becerra ha reconocido durante la instrucción (también hoy su defensa, ejercida por Ubaldo González) que se reunió con Espino a instancias de Luis Lleó para ofrecerle dádivas a cambio de que retirara las acciones judiciales que había interpuesto contra las licencias concedidas de forma ilegal por el Ayuntamiento de Yaiza al promotor inmobiliario y desbloqueara así el proyecto para la construcción de unas mil viviendas en Costa Roja. Para la defensa del principal acusado, la grabación realizada por Espino vulneró el derecho a la intimidad y a no declarar contra sí mismo del empresario que ejerció de intermediario.
Lleó considera que fue esa primera grabación la que motivo la intromisión en las comunicaciones de los imputados, por lo que también reclama la nulidad de las intervenciones telefónicas realizadas a posteriori. “No se pretende reponer los derechos del señor Becerra, sino que mi representado se defienda de una prueba obtenida indebidamente”, ha manifestado su abogado.
También pretende eliminar las escuchas realizadas a raíz de la primera prórroga decretada por César Romero Pamparacuatro, puesto que ese auto está firmado en una fecha en la que el magistrado se encontraba de permiso por vacaciones, según una certificación que obra en el sumario. La Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal de Justicia de Canarias (TSJC) ya se pronunció a este respecto al no admitir una querella presentada contra el juez por la Asociación de Juristas Jiménez de Asúa, curiosamente personada como acción popular en esta pieza.
El abogado de Lleó, Manuel Matamoros, ha aprovechado la vista de este jueves para arremeter contra esa decisión “sin precedentes” del alto tribunal canario y contra el auto dictado “por vía telepática” por Pamparacuatro. Para ello se ha apoyado en una resolución firmada por el juez Salvador Alba en enero de 2013, previa a la del TSJC. Ese escrito señalaba que el juez mantiene la jurisdicción y las competencias durante el periodo de vacaciones, salvo que otro magistrado le sustituya, en cuyo caso “podría tener incidencia en la validez de las resoluciones dictadas”.El abogado y empresario acusado de cohecho se agarra a esa coletilla para intentar tumbar la acusación de la Fiscalía, que solicita para él una pena de seis años de cárcel por un delito de cohecho.
Matamoros ha impugnado además como pruebas los soportes que contienen las grabaciones realizadas por los agentes de la policía judicial de las conversaciones entre los procesados. Alega falta de autenticidad e integridad. Defiende que algunos audios han sido manipulados, que no se ha respetado la cadena de custodia y que durante el primer año de instrucción no fueron amparados por la fe pública del anteriormente llamado secretario judicial, hoy letrado de la Administración de Justicia. También exige la retirada de tres escrituras públicas ante la sospecha de que pudieran haber sido obtenidas tras el registro a las oficinas y al domicilio de Lleó, una orden que fue anulada por la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Las Palmas, de la que forma parte Alba. Con esta anulación, dejó de tener validez un informe de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil que implicaba a dos jueces que asesoraron al empresario para evitar el pago de impuestos.
En cambio, Matamoros ha pedido la incorporación como prueba en el juicio oral de un CD con la grabación de un encuentro entre Lleó, Espino y Becerra (la transcripción de la conversación sí consta en autos) que, a juicio del abogado del principal encartado, ofrece un relato sobre los intereses urbanísticos del promotor que “nada tiene que ver” con los que expone la acusación.
“Un cohecho como un piano”
El fiscal Javier Ródenas ha agradecido al abogado Manuel Matamoros la “moderación” mostrada en su exposición de este jueves en contraposición con el documento de cuestiones previas firmado por Luis Lleó, para quien “todo es delictivo, salvo que se demuestre lo contrario, menos lo suyo”.
El representante del Ministerio Público ha afirmado no compartir la “visión apocalíptica” sobre la instrucción dibujada por el letrado de la defensa y ha precisado que en su intervención omitió un dato clave, que el origen de las diligencias previas no es la grabación del encuentro entre Becerra y Espino, sino la denuncia presentada días antes por el exconsejero de Política Territorial del Cabildo. “Aún en el caso de que fuera ilícita esa prueba, el procedimiento probatorio no queda viciado”, ha afirmado Ródenas, que no encuentra nexo causal entre la solicitud de anulación de esa grabación y la de las intervenciones telefónicas aprobadas con posterioridad. En este punto, el fiscal ha recordado que el coacusado (Becerra) reconoció la veracidad de la grabación y no alegó ninguna vulneración de su intimidad y que aquel audio es solo uno más que aporta veracidad al relato del denunciante.
Por otra parte, remarca que la grabación de esa reunión del 5 de junio de 2008 es la confirmación de un delito y no la confesión de unos hechos ilícitos cometidos con anterioridad y precisa que no se ha vulnerado el derecho a la intimidad de Becerra porque se habló “de algo punible, no de algo íntimo”. “Es un cohecho como un piano”, ha sentenciado.
Con respecto a la supuesta falta de jurisdicción de César Romero Pamparacuatro a la hora de dictar el auto que autorizaba a la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil la prórroga de las escuchas, Javier Ródenas ha aludido a la resolución del TSJC que no aprecia “ningún atisbo de delito” en la actuación del juez y a otros dos autos de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Las Palmas que concluyen que el juez instructor nunca pierde la jurisdicción y competencias.
Sobre la falta de respeto a la cadena de custodia, ha recordado que todos los motivos de impugnación presentados durante la instrucción a este respecto fueron desestimados y que los “latidos procesales” que dieron origen a las diligencias han sido avalados por el Supremo. “Ni se fabricaron resoluciones judiciales ni hubo falta de control, todo ha sido validado por el Supremo”.
Por otra parte, Ródenas ha recordado que ni en los juzgados ni en las dependencias de la Guardia Civil se ha encontrado el CD de la reunión entre Lleó, Espino y Becerra reclamado como prueba por la defensa del promotor inmobiliario, aunque sí la transcripción de esa conversación. “No es un capricho, no se puede incorporar lo que no existe”, ha aseverado el fiscal. Aunque ha lamentado que se haya extraviado el soporte de grabación, no entiende que se quiera hacer ver ese audio como el “talismán que probaría la inocencia” del principal procesado.
“La careta” de la Jiménez de Asúa
Durante su intervención en la vista de este jueves, el representante del Ministerio Público ha instado a la Asociación Jiménez de Asúa, autora de la querella inadmitida por el alto tribunal canario y acción popular en la causa, a “quitarse la careta” y explicar las verdaderas razones de su personación. José Antonio Zambrano, abogado de ese colectivo de juristas en esta pieza del caso Unión, ha asegurado que no tiene “nada que ver” ni con Lleó ni con Becerra y que su único interés es “la defensa de la legalidad y de las garantías del proceso”.
El letrado ha admitido que el hecho de haber formulado una querella contra el juez César Romero Pamparacuatro obedece al auto dictado por el juez Alba el 8 de enero de 2015, el mismo al que se agarra Lleó. “No somos caballos de Troya, no tenemos intereses espurios”, ha insistido el representante de la Jiménez de Asúa, que se ha sumado a la petición de nulidad de la defensa en relación a ese auto de Pamparacuatro y se ha adherido al escrito de acusación del fiscal en el resto.
Además ha anunciado que si el auto de inadmisión de la querella se convierte en firme, se apartarán de la causa.
“Creo que es incompatible que la asociación que ha interpuesto una querella contra el juez instructor se adhiera al escrito de acusación del Ministerio Fiscal. Es inconciliable”, ha concluido Javier Ródenas, que ha calificado de “malabarismos” los “esfuerzos dialécticos” de la Jiménez de Asúa para justificar su posición en esta causa.