La Audiencia Provincial de Las Palmas ha condenado a seis años de cárcel a un joven que violó a una menor a la que, valiéndose de que se conocían, convenció para acompañarle a una nave industrial donde la agredió pese a que se resistió y trató de huir, en una sentencia publicada este lunes.
El fallo considera probado que el agresor, Samuel H.S., que tenía 19 años cuando ocurrieron los hechos, en diciembre de 2012, llevó hasta una nave industrial de la zona de El Tablero del municipio grancanario de San Bartolomé de Tirajana a su víctima, de 15 años, y comenzó a besarla pese a su negativa y a que trató de escapar, y que se abalanzó sobre ella aprovechando que tropezó y cayó al suelo.
Allí “la agarró, la inmovilizó y terminó teniendo relaciones sexuales con ella”, pese a que la menor en todo momento dijo “que no quería”, relata el pronunciamiento judicial.
La verosimilitud del relato de la menor y el hecho de que psicólogos forenses que la interrogaron “dejaron claro que no existe el más mínimo indicio que avale la tesis de que es inventado”, como sostenía la defensa del ahora condenado, han sido determinantes en el fallo, así como la circunstancia de que la chica modificó su comportamiento tras lo sucedido.
Hasta el punto de que “se ponía especialmente nerviosa al encontrarse con Samuel, llegando a padecer incluso desvanecimientos en su presencia”, subraya el texto, que concluye que eso “apunta, nuevamente, a la credibilidad de su relato”.
Por ello, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial declara probado que existió la agresión sexual de que se acusaba al encausado, castigada en el Código Penal con condenas de prisión de entre 6 y 12 años de duración.
Además, le impone una pena de 6 años, pese a que el Ministerio Fiscal había solicitado que se le condenara a 12, argumentando que no existen “ni agravantes ni atenuantes” que justifiquen alargarla más y que el tribunal no aprecia “un desvalor que le haga merecedor de una sanción más grave”.
Sí se ha admitido, no obstante, la reclamación de la Fiscalía de imponer al joven la prohibición de acercarse a menos de 500 metros de su víctima durante un periodo de 12 años, así como de indemnizar a la chica con 30.000 euros en concepto de responsabilidad civil, a fin de compensar el “claro dolor moral” y el “daño psicológico” que le causó con su proceder.