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CASO JABLE

El fiscal del caso Jable deja en diez años y medio su petición de cárcel para la exalcaldesa de Arrecife

Iván Suárez

Las Palmas de Gran Canaria —

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La Fiscalía ha rebajado su petición de penas para los acusados en el caso Jable, que juzga una trama para el cobro de comisiones ilegales a cambio de la adjudicación de obras y servicios en el Ayuntamiento de Arrecife entre 2002 y 2007. En su calificación final, el Ministerio Público pide diez años y medio de cárcel (menos un día) y 42 de inhabilitación para la exalcaldesa María Isabel Déniz frente a los trece de prisión y 52 de inhabilitación que solicitaba en su escrito de acusación provisional, formulado en 2016.

La exregidora, que hasta 2005 pertenecía al Partido de Independientes de Lanzarote (PIL) y, a partir de esa fecha, a Coalición Canaria (CC), también se enfrenta a una multa menor. La cifra se ha reducido de los 349.855 a los 315.348 euros.

Un mes y medio antes de que arrancara el juicio ante la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Las Palmas, la defensa de Déniz presentó un escrito en el que admitía haber recibido “regalos” de Urbaser y Fomento de Construcciones y Contratas (FCC) por importe de 45.000 euros. En ese escrito, su abogado, José María Calero, calificaba los hechos como cohecho pasivo impropio. Es decir, reconocía que la exalcaldesa había recibido ese dinero, pero negaba que, a cambio, hubiera participado en un acto ilícito para favorecer a esas empresas. Además, consideraba que los hechos habían prescrito.

En la sesión celebrada este lunes, la quinta desde que arrancara el juicio, el fiscal Javier Ródenas ha reformulado el escrito de acusación, aunque ha insistido en que los hechos son “casi idénticos” y que no se ha alterado “la perspectiva jurídica”. De esta manera, elimina el delito de asociación ilícita, al “no estar definida” la estructura jerárquica de la trama, y lo sustituye por el de fraude a la administración. El resto (cohecho, prevaricación, revelación de secretos, falsedad, uso o aprovechamiento de información privilegiada e infidelidad en la custodia de documentos) lo mantiene.

En el trámite de conclusiones, el representante del Ministerio Público ha retirado la acusación contra dos de los once procesados. Se trata de Miguel Ángel Leal, un exconsejero del PSOE al que otro de los investigados (ya fallecido) involucró en el cobro de comisiones, y Stephan Jean Balverde, trabajador de la empresa Urbaser. El fiscal considera que, a tenor de la prueba practicada en el juicio, no hay motivos para mantener la acusación contra estas dos personas. También ha retirado la acusación contra Elena Martín, que es la esposa del histórico dirigente lanzaroteño Dimas Martín, fundador del PIL, y que figuraba en la causa como partícipe a título lucrativo.

Para la rebaja de penas, aprecia el atenuante simple de dilaciones indebidas, sobre todo por los más de cinco años que el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) tardó en resolver dos recusaciones. También el de confesión tardía para aquellos que han reconocido los hechos con posterioridad al escrito de acusación provisional. Es decir, todos menos los dos ahora absueltos (Leal y Balverde), la exalcaldesa Déniz y el exsecretario municipal Felipe Fernández Camero, que defiende su inocencia.  

Tanto el Ayuntamiento de Arrecife, en condición de acusación particular, como la acción popular, ejercida por la asociación Transparencia Urbanística, se han adherido a las peticiones de la Fiscalía, al igual que la mayoría de las defensas.

Estas son las penas a las que se enfrentan ahora los otros ocho procesados.

Dimas Martín. Para el histórico dirigente lanzaroteño, en prisión por otras causas, pide dos años y medio de cárcel (menos un día) y 12 de inhabilitación, además de una multa de 72.000 euro. En la primera sesión del juicio, el fundador del PIL reconoció haber recibido esos 72.000 euros en sobornos. En el escrito de 2016, la Fiscalía pedía para él trece años de cárcel y 42 de inhabilitación, además de una multa de 216.000 euros. Se le acusa de los delitos de fraude contra la administración y cohecho (la exalcaldesa Déniz suma a esos dos el de prevaricación).

Felipe Fernández Camero. Era secretario del Ayuntamiento de Arrecife en el momento de los hechos y es el único que no ha admitido ni uno solo de los hechos. La Fiscalía pide para él diez años y tres meses de cárcel, 30 de inhabilitación y 37.837,76 euros de multa por los delitos de fraude a la administración, cohecho, revelación de secretos, falsedad en documento público e infidelidad en la custodia de documentos. En el escrito de acusación provisional, la Fiscalía pedía once años y medio de cárcel y 18 de inhabilitación. La multa solicitada, 37.837 euros, es muy similar a la de entonces (38.183).

Rafael Arrocha. Era jefe de la Oficina Técnica del Ayuntamiento de Arrecife. En su declaración, admitió haber participado en el amaño del concurso de Urbaser e involucró en la operación a Déniz y Fernández Camero. Su rebaja es la más sustancial: de 19 años y medio de cárcel a cinco; de 62 de inhabilitación a 31 años y ocho meses, y de más de un millón de euros a poco más de 100.000 euros.

Manuel Andrés Martínez y Santiago Alonso. Eran directivos de Tecmed-Urbaser en la época de los hechos. Fueron despedidos de la empresa este mismo año, cuando admitieron haber sobornado a políticos y funcionarios del Ayuntamiento de Arrecife. Antes se enfrentaban a penas de diez años y dos meses de cárcel y multa superior a los 600.000 euros. Con la reducción de penas, se quedan en dos años de cárcel y 110.960 euros de multa.

Francisco Martínez Llerandi. También representaba a Urbaser. La Fiscalía pide ahora para él un año de cárcel y 55.000 euros de multa.

Jacinto Álvarez. Era el gerente de Urbaser en Lanzarote. Los cuadernos y agendas en los que anotaba todo lo que hacía constituyen una de las principales pruebas de cargo contra los acusados. Con la reformulación del Ministerio Público, se enfrenta a una pena de un año y nueve meses de cárcel, además de una multa de 110.000 euros.

Enrique José Hernández. Es directivo de FCC, la empresa que construyó el pabellón de Argana Alta, otro de los contratos que, según las acusaciones, se adjudicaron a cambio de dádivas. La petición es de un año y tres meses de cárcel y 16.674 euros de multa.  

Una acusación “sorpresiva”

Tanto la defensa de Felipe Fernández Camero como la de Isabel Déniz han elevado su protesta al entender que la Fiscalía ha vulnerado el derecho de defensa al introducir durante el trámite de conclusiones hechos y delitos nuevos, que no estaban en el escrito de acusación provisional formulado en diciembre de 2016. El letrado de la exalcaldesa lo ha calificado como “acusación sorpresiva”.

El abogado de Miguel Ángel Leal, por su parte, ha pedido que se condene al pago de las costas procesales a la acusación particular y a la acción popular después de que contra su cliente se hayan retirado todos los cargos.

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