La Justicia deja a la Televisión Canaria al borde de quedarse sin señal al negar la última medida cautelar

La Televisión Canaria vuelve a encontrarse al borde de quedarse sin señal. El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha negado la última medida cautelar solicitada por el ente público para evitar ir a negro y ampara así la resolución del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos, que en agosto del año pasado declaró nulo el contrato por el que se prestaba el servicio de transporte de señal de la radio y la televisión públicas por la falta de competencia del anterior administrador único, José Carlos Naranjo Sintes, al convocar este concurso y por la introducción en los pliegos de exigencias técnicas no justificadas objetivamente. En un auto, la Sala entiende que esa resolución fue dictada por un “órgano especializado” y con independencia para el ejercicio de función y que además goza de presunción de legalidad.

El ente, entonces dirigido por Naranjo Sintes, recurrió el año pasado la resolución alegando que “en caso contrario se produciría el cese efectivo de la prestación del servicio público esencial de radiotelevisión” y aludiendo al riesgo de eventual pérdida de “372 puestos de trabajos directos y 450 indirectos”, además de que se perdería la “finalidad legítima del recurso, siendo imposible la convocatoria de nuevo concurso”. Del mismo modo, Televisión Canaria sostenía entonces la competencia del administrador único para la convocatoria y resolución del procedimiento de licitación enjuiciado ya que “la puesta a disposición de los centros de coubicación responde a una necesidad técnica objetiva y por cuanto todo licitador tiene la plena disponibilidad para su utilización”.

En su recurso defendía que debía prevalecer “el interés público” representado por la “efectiva prestación de un servicio público esencial y necesario”. Así mismo, señalaba que la entidad que promovió el recurso especial no participó en la licitación de ninguno de los lotes “por lo que la suspensión de la resolución no mermaría ni privaría ningún interés o expectativa a la adjudicación preferente de los mismos”. Por su parte, Retevisión (ahora integrada en el grupo Albertis) y Vodafone España también presentaron escritos favorables a la adopción de la medida cautelar, pero también se ha dictado un auto “teniéndoles por no personados” al estimar un recurso interpuesto por otra empresa, Difusión de Telecomunicaciones Canarias.

El TSJC sostiene que “lo cierto es que los perjuicios alegados no son más que genéricas referencias a interrupción de la emisión, despido de trabajadores … en relación a una actividad que lleva siendo desarrollada desde el 31 de diciembre del 2017 sin cobertura contractual alguna, sin que se haya producido las interrupciones de servicio o despidos alegados”. De hecho, en el auto se matiza que “no habiendo sido concretada la realidad de los daños y perjuicios aludidos, ello bastaría para desestimar lo solicitado, dado que la existencia de los perjuicios es el requisito claro y evidente”. Además, insiste en avalar la resolución del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos y que la competencia del administrador único “no es tal” si se atiende a la jurisprudencia.

El Tribunal Administrativo de Contratos Públicos (TACP) se pronunció de nuevo (tras su resolución de agosto de 2019) en octubre para ordenar al ente que ejecutara “de inmediato” la resolución que anuló el contrato por el que se está prestando en la actualidad el servicio de transporte de señal. Naranjo Sintes había contestado que no adoptaría ninguna medida hasta que la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) se pronunciase sobre las medidas cautelares que había solicitado.

A punto de ir a “negro” en otras ocasiones

No obstante, no es la primera vez que la Televisión Canaria está a punto de irse a negro por la declaración de nulidad de los contratos de distribución de la señal. Esta situación también ocurrió en la etapa del antecesor de Sintes, Santiago Negrín, también bajo el mandato de Coalición Canaria. Entonces, fue convocado un concurso ‘in extremis’ a través de un procedimiento negociado y sin publicidad que fue rechazado por la interventora de la Comunidad Autónoma. Por ello, el ente público se vio obligado a recurrir a una fórmula extraordinaria, la de la convalidación de pagos (mes a mes) vía Consejo de Gobierno, para mantener el servicio.

Con la llegada de Sintes a la Televisión en junio de 2018 y en cumplimiento de lo mandatado por el Parlamento de Canarias con su designación, convocó un concurso que adjudicó en noviembre de 2018 a la empresa Abertis por un importe de 22 millones y una duración de cuatro años. Ese último concurso, sin embargo, fue anulado en agosto por el Tribunal Administrativo de Contratos Públicos, que estimó el recurso presentado por otra empresa. Lo hizo en una resolución de 60 folios y porque fue requerido por el TSJC para que se pronunciara al respecto.

En dicha resolución del Tribunal de Cuentas fueron admitidos dos de los cuatro motivos señalados en el recurso que había interpuesto la compañía Difusión de Telecomunicaciones de Canarias, S.L, como la falta de competencia del administrador único para constituirse en órgano de contratación y formular la convocatoria del concurso, y por la introducción en los pliegos de exigencias técnicas no justificadas objetivamente. En concreto, los emplazamientos de centros de emisión coincidentes con los que tenía la empresa adjudicataria, que ya venía prestando los servicios al ente público.

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