Ocho años de cárcel para dos acusados de traficar con cocaína y hachís en el sur de Tenerife

EFE

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La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha impuesto un total de ocho años de cárcel y el pago de 25.000 euros a dos acusados de tráfico de cocaína y hachís en el sur de la isla y ha absuelto a una mujer.

Los procesados pidieron que se tuvieran en cuenta los atenuantes de que eran consumidores habituales y dilaciones indebidas, argumento este último que sí se aceptó a la hora de rebajar las penas pedidas inicialmente por la Fiscalía.

En el momento de la detención se encontró en poder de uno de los procesados casi 300 gramos de cocaína, de los que 240 estaban escondidos en el salpicadero de una furgoneta, cantidad esta última que fue hallada ocho meses después por lo que la defensa consideraba que podía haber sido manipulada.

En el domicilio del otro se hallaron casi 1,5 kilos de hachís y 74 gramos de cocaína que iba a ser destinada para la venta.

Las defensas pidieron la nulidad de las escuchas telefónicas, denunciaron que no se había respetado la cadena de custodia de la sustancia intervenida y del registro de una furgoneta en la que se encontró la droga, argumentos rechazados por la sala y la Fiscalía.

Los hechos salieron a la luz cuando la compañera sentimental de otro investigado en una pieza separada presentó una denuncia por violencia de género por lo que se procedió a intervenir los teléfonos.

Entonces se comprobó que los acusados disponían de recursos elevados sin trabajar y mantenían contactos con terceros para cerrar acuerdos. La mujer procesada en este procedimiento negó que conociera la actividad ilícita de su pareja, de lo que duda la Sala al sospechar que era una colaboradora aunque quedo absuelta ya que sólo es nombrada en alguna conversación telefónica.

El otro de los condenados manifestó que era consumidor habitual de cocaína pero la sentencia indica que la cantidad intervenida excede “notablemente” lo que podría entenderse como consumo propio, por lo que luego alegó que había sido adquirida para usarla con un grupo de amigos y así lo declararon varios testigos.

Argumentos que en este caso también rechaza la sentencia donde se refleja que efectivamente una parte podía ser destinada al uso entre conocidos, pero otra parte lo iba a ser a su venta.

El padre y hermanos de uno de los condenados aseguró que su hijo era consumidor habitual de cocaína desde hacía diez años pero el tribunal echa en falta que se presentara algún documento médico que demostrara haber sido atendido por intoxicación o para someterse a un tratamiento de deshabituación.