El pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo (TS) ha desestimado por improcedente el recurso presentado por representantes del sindicato de pilotos Sepla y del de auxiliares de vuelo Stavla contra el despido de 35 trabajadores por parte de la compañía Binter en 2012.
Ambos sindicatos recurrieron en casación una sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias de 2013 para solicitar la nulidad de estos despidos.
El recurso desestimado, sobre el que el fiscal propuso su inadmisión, fue estudiado por el pleno de la Sala de lo Social, que entiende además que no ha habido dolo, abuso de derecho ni fraude de ley en el proceder de la empresa, constituida por Binter Canarias, Naysa y Canarias Airlines.
La Sala de lo Penal rechaza los treinta y tres motivos alegados por los dos sindicatos, que votaron en contra de un acuerdo alcanzado entre la compañía y la mayoría de los dos comités de empresa el 9 de mayo de 2012.
En este acuerdo se establecieron indemnizaciones de 20 días por año, con tope de 12 mensualidades en el caso de salarios superiores a los 40.00 euros al año, y de 45 días, sin límites de mensualidades, en salarios iguales o inferiores a esa retribución.