El TSJC declara imposible el delito ambiental por el que Miguel Ángel Ramírez fue condenado a tres años de cárcel

Canarias Ahora

Las Palmas de Gran Canaria —

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La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha dado carpetazo definitivo a la diatriba jurídica sobre las obras en una finca de La Milagrosa (Las Palmas de Gran Canaria) que supusieron para el empresario Miguel Ángel Ramírez una condena a tres años de prisión. Y la conclusión no puede ser otra que la de que el delito contra la ordenación del territorio que provocó la condena resultaba imposible de cometer sencillamente porque en el momento de las obras el paraje natural protegido en el que se encuentra esa finca no existía como tal, por lo que no hubo ni infracción administrativa ni infracción penal, y por lo tanto, la ausencia de un permiso adecuado a esas condiciones no debió habérsele exigido jamás.

En una sentencia notificada este martes de la que ha sido ponente el magistrado Óscar Bosch, la Sala de lo Contencioso-Administrativo ratifica la que ya había emitido en 2017 el juzgado número 4 de la misma circunscripción en Las Palmas de Gran Canaria que resolvió que el presidente de la Unión Deportiva Las Palmas no estaba sujeto a las condiciones de protección del plan especial del Paisaje de Pino Santo porque en el momento de las obras esa figura no había entrado en vigor.

Únicamente con una licencia municipal, Ramírez levantó en 2006 un muro de piedra, una pérgola y una pajarera en su finca de La Milagrosa, en el límite entre los municipios de Las Palmas de Gran Canaria y Santa Brígida. Denunciado por el Servicio de Protección de la Naturaleza (Seprona) de la Guardia Civil, el empresario fue sometido a un proceso penal que acabó con una condena de tres años de prisión que nunca llegó a cumplir.

Inicialmente fue indultado de modo parcial por el Consejo de Ministros durante el Gobierno de Mariano Rajoy con la condición de que derribara las obras, lo que hizo. Pero el indulto fue anulado por defectos de forma, lo que dejó en suspenso la condena hasta que fueron subsanados. El Gobierno guardó el indulto en un cajón y el tiempo de la prescripción de la condena corrió a favor del condenado, lo que finalmente se produjo en 2018.

Paralelamente, el empresario actuaba en la jurisdicción Contencioso-Administrativa obteniendo tres sentencias favorables a sus tesis, la última este mismo martes: la finca no estaba sujeta a ningún plan de protección, por lo que no estaba obligado a tramitar autorizaciones territoriales al Cabildo de Gran Canaria, cuya ausencia le generaron la causa penal.

Ahora es el TSJC el que ratifica que Ramírez no necesitaba ningún permiso especial distinto al del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, por lo que su delito ambiental queda en el apartado de delitos imposibles. Pero esa condena, en la que la Fiscalía de Las Palmas fue especialmente activa, fue la primera de una larga sucesión de desgracias judiciales en las que aún anda inmerso Miguel Ángel Ramírez.