- El borrador del anteproyecto de la Ley regional de Garantía de Ingresos incluye otras prestaciones como el acceso a comedores escolares y material curricular
- Reserva un 30% de las ayudas al alquiler de vivienda para aquellos particulares u hogares con reconocimiento del derecho de garantías
Junto a la ‘renta mínima’ regulada en el borrador del anteproyecto de Ley de Garantía de Ingresos y Garantías Ciudadanas de Castilla-La Mancha, que gestiona Podemos en el Ejecutivo regional, se recoge igualmente otro bloque de medidas “complementarias” relacionadas con el empleo, la vivienda y el acompañamiento técnico para la población “objetivo” de la norma, actualmente en trámite de toma en consideración para recibir luz verde del Consejo de Gobierno y pasar posteriormente a su tramitación parlamentaria. Se trata de avanzar un paso más allá en la cobertura de prestaciones sociales a la población en situación de pobreza y vulnerabilidad social. O lo que es lo mismo, integrar, al igual que se realiza con la renta garantizada incluida en el Plan de Garantías Ciudadanas, todas aquellas medidas que pueden ayudar a estas personas, hogares o unidades de convivencia a mejorar su situación personal.
Concretamente, en el borrador coordinado por la consejera Inmaculada Herranz se establecen las diferentes modalidades del denominado “derecho de garantías ciudadanas complementarias” para el acceso a los recursos públicos de educación, vivienda y acompañamiento técnico, que después figuran detallados.
Respecto al área educativa, en el anteproyecto se establece que el acceso está destinado a aquellos núcleos familiares cuya unidad de convivencia tenga reconocidas las garantías ciudadanas en su tramo correspondiente y cuente con alumnado a su cargo. El reconocimiento de la garantía incluye el servicio de comedor escolar en menores en 2º de Infantil y Educación Primaria, en aquellos centros que dispongan del servicio; el material curricular en todas las enseñanzas de Educación Primaria y Secundaria; y la exención de las tasas de los estudios de las enseñanzas académicas no universitarias.
Aquí entran en juego los dos tramos especificados también para la ‘renta mínima’. Es decir cuando la capacidad económica de la unidad de convivencia se encuentre en el Tramo I (menos del 70% del Salario Mínimo Interprofesional), el reconocimiento será de exención o bonificación del cien por cien del pago del precio público de servicios educativos y complementarios. Y cuando se encuentre en el Tramo II (menos del 65% del SMI), la bonificación será de la mitad del pago. Asimismo, tendrán derecho a la utilización gratuita de los materiales curriculares correspondientes a los distintos cursos de las enseñanzas obligatorias.
Por otra parte, las personas y hogares con reconocimiento de garantías ciudadanas, tendrán además un acceso priorizado a la matriculación de enseñanzas de régimen especial (artísticas o idiomas); residencia universitaria, manutención y alojamiento; estancia en residencias escolares no universitaria; y escuelas infantiles de titularidad autonómica, en menores a cargo hasta tres años. En estos casos, la plaza tiene que haber sido solicitada previamente y una vez obtenida, serán titulares de exención de tasas y precios públicos.
En otro orden de cosas, para el acceso a las políticas públicas de vivienda, la futura ley recogerá que las personas destinatarias del derecho a las garantías ciudadanas tendrán acceso en los términos en los que se establezca en la normativa autonómica y a los instrumentos que se dispongan para las políticas públicas de vivienda conforme se desarrolle reglamentariamente. En este punto entronca directamente con la futura Ley de Vivienda de Castilla-La Mancha, también pendiente de tramitación y que contempla estas medidas.
En general, el acceso a las políticas públicas de vivienda se concreta en priorizar las medidas de garantía habitacional: aquellas unidades de convivencia que tengan el derecho a las garantías ciudadanas reconocido y acrediten estar en una situación especial de necesidad de vivienda tendrán el acceso priorizado a los recursos dispuestos en la Ley de Vivienda, a través del régimen público de arrendamiento, alojamientos dotacionales o programas públicos de intermediación; acceso a convocatorias de ayudas para el pago de alquiler; y ayudas para reforma o rehabilitación en casos de “infravivienda” o “sobreocupación”.
Una de las novedades más importantes en las ayudas al alquiler es que se establecerá una reserva de al menos el 30% en favor de las unidades de convivencia con reconocimiento del derecho de garantías ciudadanas.
Asesoramiento y Registro Único
Finalmente, ¿a qué se refiere el borrador con el “acompañamiento técnico” como medida complementaria? Se trata básicamente de asesoramiento a los titulares de las garantías: un “proceso personalizado” desde los diferentes instrumentos que la Administración regional disponga para tal fin. Aquí las modalidades que contempla son asesoramiento en materia de consumo energético (información e intermediación arbitral para la población con este tipo de vulnerabilidad), en materia de vivienda (con información sobre las prestaciones anteriormente mencionadas) y acompañamiento socio-laboral (inclusión y orientación).
Con estas últimas medidas está relacionada la futura creación del denominado Registro Único, un nuevo portal para gestionar todos los procedimientos que contempla la ley mediante la interconexión de los sistemas de las distintas consejerías del Gobierno castellano-manchego. El objetivo es facilitar la presentación de documentos y personalizar los servicios a las necesidades de los ciudadanos.