- El colectivo, que recurrió la condena de prisión contra seis de sus miembros, está a la espera de que la Audiencia de Guadalajara ratifique o revoque la sentencia
Para unos son un grupo de okupas que se ha instalado, vulnerando la legislación medioambiental, en un enclave deshabitado del Parque Natural de la Sierra Norte de Guadalajara. Para otros, son un colectivo de repobladores que han trasladado al epicentro de la despoblación un proyecto serio y viable para devolver la vida a una aldea que hace muchas décadas que había dejado de latir.
El caso es que el colectivo de Fraguas que se asentó en 2013 en este núcleo despoblado de la zona norte de Guadalajara ha recibido un amplio eco en los medios de comunicación -incluso de ámbito nacional- y, a lo largo de este año, ha encontrado un interés inusitado tratándose de un asunto vinculado al medio rural.
La Audiencia Provincial de Guadalajara delibera desde el 14 de noviembre si ratifica o revoca la sentencia que, en junio pasado condenó a seis miembros del colectivo okupa Fraguas Revive a una pena de un año y nueve meses de prisión por delitos contra la Ordenación del Territorio y Usurpación del Monte Público. La sentencia fue recurrida tanto por los seis procesados (Isaac Alcázar, Isabel Turina, Gonzalo Aracil, Milagros Aguilera, Daniel Gómez y Javier Pablo Ruggiero) como por la acusación de la Junta de Castilla-La Mancha.
El fallo determinará si los repobladores deben desalojar Fraguas y afrontar la demolición de la antigua aldea de la Sierra Norte de Guadalajara, que el juzgado fijó en cerca de 27.000 euros, en concepto de responsabilidad civil. En ese caso, el tribunal asumiría la aplicación del ingreso en prisión de los acusados, mientras que la Junta de Castilla-La Mancha se responsabilizaría de ordenar la demolición y el desalojo de Fraguas durante los próximos meses.
El proceso se inició al considerar la Junta de Castilla-La Mancha, administración competente en la ordenación del territorio, que la ocupación de Fraguas era ilegal al localizarse en un área declarada parque natural y por vulnerar la normativa de montes y en materia urbanística. Desde la Administración regional consideran que “no es posible autorizar ni legalizar” construcciones en un lugar que ya no es un pueblo sino monte público. Los contactos entre la Junta, a través de la Dirección Provincial de Agricultura y Medio Ambiente, y Ecologistas en Acción para articular una solución a este asunto no han fructificado.
Todo ello ha situado a Fraguas, que no es el único núcleo de la provincia de Guadalajara que alberga un proyecto de autogestión orientado a repoblar las zonas rurales, en el disparadero. Fraguas es un pueblo deshabitado desde que en los años 60 fue expropiado por el Estado. Ahora, varios de los antiguos pobladores de Fraguas no han dudado en respaldar al colectivo de repobladores. “Todo el mundo se echaría las manos a la cabeza si un ciudadano decidiese construir una casa en medio del Parque de Doñana aunque fuese con muy buenas intenciones, pero poniendo en riesgo a una especie como el lince ibérico”, señalaron desde Medio Ambiente a este medio. “Repoblar no es delito”, refuta el colectivo.
Enclave en zona protegida
Desde la Consejería de Medio Ambiente han sugerido en reiteradas ocasiones que entre las posibilidades de vivir en un espacio natural, y en la misma zona, existen unos 80 núcleos de población. El 95% de ellos siguen perdiendo población. Sobre la posibilidad de vivir en Fraguas sin que se produzca ningún tipo de acción urbanística, las fuentes consultadas en su día por eldiarioclm.es recuerdan que las personas que defienden este proyecto “no han ocupado unas construcciones existentes, sino que han levantado otras nuevas. Tan solo se conservaba la estructura de la iglesia y montones de escombros donde antes estuvieron las viviendas, con algún resto de pared de menos de dos metros”.
La Junta ha denunciado la construcción parcial de varias viviendas, la instalación de placas solares y la toma de agua “de una conducción previa que alimenta un punto de agua contra incendios forestales”. La posición de la Administración es que se trata de una okupación inviable e ilegal al tratarse de un monte público de naturaleza rústica en el que la legislación no permite ya la urbanización. El colectivo de Fraguas defiende su tarea en este enclave: el respeto de las construcciones por el entorno, la sostenibilidad del proyecto de vida que defienden y la integración en un área natural conservada sin que ésta sufra alteraciones.
Coincidiendo con el proceso judicial, la asociación Fraguas Revive ha convocado a lo largo de 2018 varias manifestaciones de protesta, incluidas las organizadas a las puertas del tribunal, además de jornadas de reivindicación como las llevadas a cabo en noviembre bajo el título ‘Jornadas de Resistencia, la historia se repite, la tierra se defiende’. Esta jornada incluyó, además de visitas guiadas a Fraguas, asambleas, talleres comunitarios sobre construcción y adecuación de las calles del poblado o cursos de formación en poda y en trabajos agrícolas.
La protesta de Fraguas también llevó a sus miembros a reunir miles de firmas para solicitar a la Junta la retirada de la acusación del delito de daños al medio ambiente. El Gobierno regional accedió a ello el pasado mes de mayo, lo que para los acusados supuso eludir el ingreso en prisión. “Estoy satisfecho con que se haya retirado la acusación por daños, porque, aunque la repoblación de Fraguas es ilegal, la pena es ahora más proporcional y justa”, señaló a este digital Alberto Rojo, delegado de la Junta en Guadalajara. La acusación mantuvo los delitos contra la Ordenación del Territorio y de Usurpación de Monte Público.
Gonzalo Aracil, uno de los miembros acusados, señaló a eldiarioclm.es: “queremos demostrar a la Junta el gran apoyo que mantiene todavía nuestro proyecto de repoblación de Fraguas y mostrar de nuevo nuestro rechazo a la condena porque es injusta”. Además, subrayó: “Nos acusan de ordenar el territorio, cuando fue ICONA quien cambió el uso a unas tierras de cultivo en los años 60 y vulneró la ley vigente de entidades locales, que prohibía embargar las calles de dominio público”.