El caso Fraguas, ¿repoblación o invasión del espacio natural protegido?

El caso de los okupas del poblado de Fraguas en la provincia de Guadalajara, que está pendiente de resolución judicial, ha suscitado mucho debate en los últimos meses en torno a la práctica de ‘repoblar’ el medio rural, y en este caso, por hacerlo en un espacio natural protegido.

A la espera del nuevo pronunciamiento de la Justicia, en eldiarioclm.es hemos querido conocer distintos puntos de vista sobre lo ocurrido y sus posibles consecuencias. Desde la Administración regional, las fuentes de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural consultadas sostienen que Fraguas “ya no es un pueblo sino un bosque” que se encuentra en pleno Parque Natural de la Sierra Norte de Guadalajara, dentro de un Monte de Utilidad Pública.

Ambas circunstancias, según las mismas fuentes, implican que “cualquier actuación constructiva debe cumplir la normativa existente de conservación de la naturaleza, de protección de los montes, y por supuesto, la urbanística” y, en este caso, sostienen que “las tres normativas que confluyen prohíben la construcción en los términos que se ha producido”. Es decir, no está permitido construir ni reconstruir viviendas y “cualquier actuación debe ser autorizada previamente dado que se trata de un terreno muy protegido”.

Así se puso de manifiesto durante el juicio celebrado en Guadalajara. El departamento de Medio Ambiente sostiene que “ya que no es posible autorizar ni legalizar lo construido, no queda más remedio que solicitar su demolición para restituir la zona a su estado anterior, puesto que lo contrario admitiría por la vía de los hechos algo que no se hubiese conseguido de forma legal”.

Además, las mismas fuentes sostienen que las personas que iniciaron el proyecto de repoblación de Fraguas “eran conscientes y estaban informadas” de que lo que pretendían “no era posible, porque vulneraba la normativa” y les acusan de iniciar las obras “sabiendo que era ilegal” y a pesar de “las múltiples advertencias de que se podían meter en un verdadero lío”.

 

Hay que tener en cuenta también, dicen, que se ha construido en un suelo calificado “rústico, no urbanizable de especial protección” por la legislación vigente de Ordenación del Territorio que es de 2004 y además se encuentra dentro del espacio natural protegido ‘Parque Natural de Sierra Norte’ desde el año 2011.

Insisten en que “la demolición sólo es la herramienta para devolver el terreno a su estado original. No es un capricho de la Administración, sino una obligación”. Será, explican, una restauración derivada de “actuaciones ilegales realizadas en estos últimos cinco años” que han acumulado construcciones y residuos que  no cumplen con la normativa en la misma medida en la que sí lo hacen otras actividades como el pastoreo o la apicultura.

¿Por qué no se optó por repoblar alguno de los 80 núcleos del entorno?

“Repoblar no es delito”, defiende el colectivo y quienes les apoyan. Desde Medio Ambiente lo reconocen: “En efecto, repoblar no es delito. El problema viene dado por el lugar en que se pretende repoblar”, es decir, en un lugar que fue pueblo hasta los años 60 del pasado siglo, cuando ya prácticamente abandonado por sus pobladores fue expropiado por el Estado.

“La Consejería es la responsable de defender, mantener y gestionar” este lugar, argumentan, para reconocer que “aunque el fin de repoblar nuestros pueblos es loable, no puede desplazar ni superponerse a otros fines igualmente necesarios”. Y cita, entre otros, los de  conservar la naturaleza, defender el patrimonio ecológico o mantener hábitats y especies protegidas. “Todo el mundo se echaría las manos a la cabeza si un ciudadano decidiese construir una casa en medio del Parque de Doñana aunque fuese con muy buenas intenciones, pero poniendo en riesgo a una especie como el lince ibérico”, aseveran.

 

Desde la Consejería de Medio Ambiente sugieren que entre las posibilidades de vivir en un espacio natural, y en la misma zona, existen  unos 80 núcleos de población. El  95 % de ellos siguen perdiendo población. “Lo que parece mucho más razonable para repoblar la zona sería empezar por recuperar la población de los núcleos existentes, todos ellos dotados de la infraestructura básica necesaria”.

Además, apuntan, “la creación de un nuevo núcleo, además de prohibida por la normativa del Parque Natural, la de Montes y la Urbanística, ”desencadenaría necesidades cuyos impactos son importantes“ en alusión a la dotación de servicios básicos (luz, agua, alcantarillado, residuos o vías de  comunicación)  en un entorno que cuenta con estos servicios infrautilizados en pueblos que pierden población año a año.

“Tanto los agentes medioambientales como la Administración han aconsejado consultar  en municipios de la zona con población escasa, ya que seguro que hay algunos que estarían encantados de recibir unos nuevos habitantes jóvenes y con ganas de vivir en el campo; pero a la vista de los hechos se ve que esos consejos no fueron bien acogidos”, lamentan.

Sugieren, además, que “se podría pensar que la idea de repoblar el medio rural se concreta en la práctica en levantar construcciones, eliminar vegetación natural, generar residuos y molestias a la fauna en un terreno público y protegido por la normativa ambiental; actuaciones todas ellas que no podrían ser realizadas por ningún ciudadano sin recibir la correspondiente sanción”.

 

Sobre la posibilidad de vivir en Fraguas sin que se produzca ningún tipo de acción urbanística, la fuentes consultadas recuerdan que las  personas que de defienden este proyecto “, no han ocupado unas construcciones existentes, sino que han levantado otras nuevas. Tan solo se conservaba la estructura de la iglesia y montones de escombros donde antes estuvieron las viviendas, con algún resto de pared de menos de dos metros.

 “En la situación preexistente era imposible vivir allí, de hecho levantan la primera casa en una ruina sin conservar la construcción anterior, instalan unas placas solares y toman el agua de una conducción previa que alimenta un punto de agua de defensa contra incendios forestales”. Después se levantaron otras construcciones, se instalaron caravanas y carpas de plástico además de utilizarse vehículos abandonados para alojar a gente. “Todas estas acciones, necesarias para vivir, y sin las cuales no pueden mantener su modo de vida actual, no son legales ni legalizables y tienen un impacto negativo sobre los recursos naturales y el patrimonio público”, concluyen.  

 

Los repobladores practicaron cortas de vegetación natural que había colonizado las ruinas, “hicieron hogueras y llegaron a provocar un incendio por negligencia”, también acampadas ilegales un parque natural, circulación con vehículos fuera de pistas habilitadas para ello y roturaron terrenos para implantar cultivos, molestias a la fauna por fiestas y eventos realizados. “¿Nadie se ha preguntado qué pasaría si alguna de esas personas sufriese un accidente en un incendio forestal, o no pudiesen ser evacuadas?”, plantean.

Para los agentes medioambientales, la ocupación es “inviable” en Fraguas

Alfredo Poveda, portavoz de la Asociación Profesional de los Agentes Medioambientales de Castilla-La Mancha (APAM CLM) califica la ocupación llevada a cabo en la antigua aldea de Fraguas, en la Sierra Norte de Guadalajara como “inviable e ilegal, porque se trata de un monte público de naturaleza rústica en el que la legislación no permite ya la urbanización”.  Por este motivo, afirma que “la Administración regional les denunció por delitos contra la Ordenación del Territorio y Usurpación de Monte Público”.

Asimismo, niega que la ley y la presencia de Parques Naturales en la región sean “un obstáculo para el desarrollo de vida en el mundo rural” ni que  exista una “sobreprotección normativa del medio natural, porque  lo único que hace es ”proteger un bien común como es el suelo rústico“.

En relación al problema de la despoblación, Poveda defiende que “resolverlo es una cuestión de voluntad política”, al tiempo que asevera que “todo proyecto por revitalizar los pueblos son una buena noticia, pero se deben centrar en repoblar núcleos urbanos dotados de unos servicios básicos donde no se produzca esa colisión con la legislación como ha ocurrido con la experiencia de Fraguas”.

“El problema es que se legisla sin conocer la realidad del monte y del mundo rural”

Desde otro punto de vista, Ángel Roldán, decano del Colegio de Ingenieros de Montes de Castilla –La Mancha subraya el papel que desempeña el legislador en la resolución de los conflictos que afectan al medio rural: “El problema es que se legisla y se construyen las leyes desde un punto de vista urbano sin conocer ni empatizar previamente con la realidad del monte y del mundo rural”.

Además, asegura que “este desconocimiento lleva a que se impongan sanciones desproporcionadas, que agravan más la pérdida de la cultura y el paisaje rural, en lugar de ayudar a frenar la despoblación, como ha sucedido con la repoblación de Fraguas”.

Con respecto a cómo afrontar el reto de la despoblación, Roldán considera que es “un asunto de Estado en el que ”la excesiva burocracia y el rechazo social que suscitan algunos oficios tradicionales propios del monte han provocado que muchas personas y empresas dejen el medio rural y con ello el cuidado del monte“. También, destaca que una de las claves para revertir la pérdida de población es ”aprovechar de forma más eficiente los recursos naturales para atraer actividad“.

Y defiende que “se flexibilice la normativa y se adapte a las necesidades del mundo rural”, porque, a su juicio, “la sobreprotección de los espacios naturales ha conducido a sancionar duramente acciones irrelevantes como una corta de madera y al abandono forestal”.

En cuanto a la gestión de los montes, Roldán asevera que “la Junta ha de replantearse su política forestal, con el fin de frenar el abandono que sufre el monte y permitir el desarrollo del medio rural”.