- El director general del ramo confirma que esa circunstancia permitirá poner en marcha varias convocatorias de ayudas, la más próxima destinada a rehabilitación edificatoria
El departamento de Vivienda y Urbanismo de Castilla-La Mancha publicará en breve las ayudas destinadas a rehabilitación edificatoria, según ha confirmado el director general del ramo, José Antonio Carrillo, después de que se publicasen hace un mes las bases que regulan la concesión de estas subvenciones.
Carrillo acaba de reunirse con entidades financieras y colegios profesionales que representan a arquitectos, aparejadores y administradores de fincas. Con ellos se ha coordinado el diseño de las bases que regulan las ayudas. Los colegios profesionales realizan el papel de “captadores” con comunidades de propietarios o usuarios particulares. “Este año se han sumado los administradores de fincas para que transmitan la trascendencia de las ayudas. Ellos son los principales interlocutores junto con arquitectos y aparejadores”.
Además se ha pedido a las entidades financieras que participen también en la iniciativa a través de préstamos personales a los interesados en la rehabilitación edificatoria. En 2016, cuatro entidades se prestaron a favorecer este tipo de ayudas. Ahora Vivienda ha convocado a ocho: Caixabank, Liberbank, Globalcaja, Eurocaja Rural, Bankinter, Kutxabank, Bankia y Banco Santander para que se suban al carro de la rehabilitación. “Estamos seguros de que podemos convencer a muchos más ciudadanos y comunidades de propietarios que si no existiese esa financiación”, sostiene Carrillo.
En este mismo mes de julio se espera que las entidades financieras convocadas puedan dar respuesta sobre sus intenciones y condiciones de financiación que ofrecerían. En 2016 facilitaban el del 100 por 100 de la inversión mediante préstamos personales a bajo tipo de interés y empleando como garantía la propia ayuda otorgada por el Gobierno regional, dado que ésta última cubre el 50 por ciento de la inversión total a realizar. Lo que vaya a ocurrir este año, aún está por definir.
En todo caso, el departamento de Vivienda de la Junta ha pedido a las entidades financieras que “dejen la puerta abierta en los convenios no solo a rehabilitación sino a las áreas de renovación y regeneración de barrios completos. A los ARRUS (ayudas de regeneración urbana) habría que darles también esa opción”. En este sentido, el director general anuncia que habrá un nuevo encuentro para cerrar la propuesta concreta.
La postura que finalmente adopten las entidades financieras no condicionará, sin embargo, la convocatoria. “No, no, en absoluto, es un complemento a las ayudas pero no el presupuesto”. Hace un mes se publicaron las bases de estas subvenciones que tendrán una novedad. Se ampliará a dos años el plazo para ejecutar las obras de rehabilitación edificatoria.
Eso será posible ante la “inminente” firma del acuerdo con el Gobierno central para fijar la cantidad que Castilla-La Mancha percibirá del Plan Estatal de Vivienda aunque “no hay una fecha cierta”, reconoce Carrillo. Desde el Gobierno central llegarán 53 millones de euros y con la aportación de la Junta castellano-manchega se llegará a los 75 millones para repartir entre nueve programas “que iremos distribuyendo entre líneas”. Once millones se destinarán a la rehabilitación en edificios de viviendas de particulares, administraciones públicas y entidades asistenciales, a fin de lograr la mejora del estado de éstos.
Carrillo cree que se está produciendo una “simbiosis” entre todos los colectivos implicados porque “empieza a calar entre empresarios, técnicos, administradores de fincas, entidades financieras que la rehabilitación es positiva”. De hecho el Gobierno de Emiliano García-Page la concibe como forma de recuperar un “gran parque de viviendas infrautilizado”, y con ello mejorar la calidad de vida de las personas que las habitan, y a la vez impulsar el sector de la construcción. Así consta, al menos, en la orden que recogía las bases reguladoras de estas ayudas el pasado 12 de junio.
La cuantía de las ayudas
Sobre la cuantía de las ayudas máximas de la subvención a conceder por vivienda unifamiliar, no podrá superar los 12.000 euros ni en general el 40% de la inversión subvencionable. Podrán sumarse 1.000 euros de ayuda unitaria complementaria para las declaradas Bienes de Interés Cultural, catalogadas, con protección patrimonial o que cuenten con protección integral en el instrumento de ordenación urbanística correspondiente.
En aquellas viviendas unifamiliares en que los ingresos de la unidad de convivencia residente y solicitante de la ayuda sean inferiores a 3 veces el IPREM, el porcentaje máximo de la ayuda correspondiente podrá alcanzar hasta el 75% de la inversión subvencionable. La cuantía máxima de la subvención será de 18.000 euros si reside en la vivienda una persona con discapacidad y de 24.000 euros si reside en la vivienda una persona con discapacidad.
Por otro lado, la cuantía máxima de la subvención total a conceder en edificios de viviendas residenciales, incluidas si las hubiera las que se realicen en el interior de sus viviendas, no podrá superar el importe de multiplicar 8.000 euros por cada vivienda y 80 euros por cada metro cuadrado de superficie construida de local comercial u otros usos compatibles. Al igual que en el caso anterior, la ayuda básica podrá ser incrementada en 1.000 euros por vivienda y 10 euros por cada metro cuadrado de superficie construida de uso comercial u otros usos para edificios declarados Bienes de Interés Cultural.
Para aquellas viviendas en que los ingresos de la unidad de convivencia residente y solicitante de la ayuda, sean inferiores a 3 veces el Iprem el porcentaje máximo de la ayuda correspondiente podrá alcanzar hasta el 75% de la inversión.
La cuantía máxima de la subvención a conceder por vivienda en edificio de tipología residencial colectiva será de 12.000 euros para las viviendas en las que resida una persona con discapacidad y de 16.000 euros si residen personas con parálisis cerebral, personas con enfermedad mental, personas con discapacidad intelectual o personas con discapacidad del desarrollo, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33%.