- Considera que no es competencia del Ayuntamiento, sino de la comunidad autónoma, este tipo de regulación, que realizó mediante ordenanza municipal
- El recurso lo interpuso la Asociación Circos Reunidos, que amenaza con recurrir al Constitucional la futura Ley de Bienestar Animal de Castilla-La Mancha
Varapalo judicial a las competencias municipales para prohibir circos que utilicen animales, una tendencia cada vez más extendida en todo el país. El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM) ha anulado el artículo de la Ordenanza Municipal de Talavera de la Reina (Toledo) sobre la Protección de Animales Domésticos y de Espectáculos Públicos, que aprobó el pasado mes de enero y en la que prohibía la instalación de circos con animales de espectáculos públicos dentro del término municipal. El fallo afirma que es una competencia autonómica y que aún no está aprobada la Ley de Bienestar Animal que prepara el Gobierno castellano-manchega y que contempla esta prohibición para circos itinerantes.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del tribunal ha estimado así el recurso interpuesto por la Asociación Circos Reunidos contra ese artículo en concreto, y además impone el pago de 1.000 euros por costas procesales al Ayuntamiento de Talavera. Ahora, cabe recurso de esta sentencia ante el Tribunal Supremo.
Esta resolución afirma que la competencia para prohibir este tipo de espectáculos de manera general es de las comunidades autónomas, “sin perjuicio de la posibilidad del Ayuntamiento de regular e impedir la celebración en casos muy concretos si se dan los condicionantes legales previos mencionados y que básicamente se reducen a la crueldad de animales”. Además, aclara que el hecho de que actualmente se regule en el ámbito de la comunidad autónoma el mencionado anteproyecto de la Ley de Bienestar, Protección y Defensa de los animales de Castilla-La Mancha “no legitima el texto de la ordenanza, pues dicha norma aún no está en vigor”.
Un ayuntamiento, incide, no puede pretender de 'motu propio' incluir una prohibición “de tal magnitud” por las “repercusiones que ello supone en la libertad de circulación y protección del medio ambiente”. De hecho, afirma que la regulación talaverana iría, en cualquier caso, “mucho más allá que la posible futura norma de la comunidad autónoma” pues en este último supuesto sólo se prohibiría la utilización de especies de la fauna silvestre y salvaje, mientras que el Ayuntamiento de Talavera de la Reina “se refiere a todos los animales”.
Los circos denuncian “acoso permanente”
El portavoz de Circos Reunidos de España, Nacho Pedrera, cree que esta sentencia es una victoria más que se une a las otras sentencias iguales, demostrando que un ayuntamiento no puede prohibir la instalación de circos con animales en su ciudad“. ”Desde el circo estamos cansados del acoso permanente a nuestro sector, nuestros animales cumplen con toda la normativa de bienestar animal europea, el núcleo zoológico y el convenio Cites“, y añaden que tienen ”grandes recintos para correr y jugar, son nacidos en cautividad, tienen veterinario las 24 al día, entrenados con premios y cariño“ y pasan ”con éxito“ todas las inspecciones veterinarias y del Seprona.
Circos Reunidos ha adelantado en un comunicado que en caso de prohibirse esta actividad en la futura ley de Bienestar Animal en toda la Comunidad Autónoma, acudirán al Tribunal Constitucional “por estar vulnerando el libre acceso a la cultura, el derecho al trabajo y a la libre empresa”.
En Castilla-La Mancha, existen otras grandes ciudades que se han declarado libres de circos con animales, como son Guadalajara, Albacete y Toledo, pero lo han hecho mediante mociones en el pleno, que no tienen el carácter preceptivo de las ordenanzas municipales.