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CRÓNICA

El macrojuicio por el incendio de Chiloeches encara su final en un bucle sobre competencias de ex altos cargos

Esta semana es la recta final del macrojuicio por el incendio de una planta de residuos peligrosos en Chiloeches (Guadalajara) en agosto de 2016, en el que se juzga a 21 imputados -18 personas y tres empresas- por presuntos delitos de prevaricación medioambiental, para los que la Fiscalía pide entre 14 meses y 19 años de prisión, según diferentes grados de responsabilidad. El próximo viernes, día 17 de diciembre, está previsto que el caso quede visto para sentencia tras tres meses de comparecencias entre imputados y testigos. Esta semana es el turno de los alegatos de la Fiscalía, que ha mantenido las peticiones de prisión y multas; de las acusaciones particulares y de las defensas. Durante sus intervenciones, ha vuelto a quedar de manifiesto la complejidad de la normativa medioambiental para determinar las responsabilidades y competencias de cada persona imputada, especialmente de los ex cargos públicos del Gobierno de Castilla-La Mancha.

Una de las cuestiones que sigue encima de la mesa es la polémica autorización ambiental integrada de abril de 2008 que permitió que la planta de residuos siguiera operando pese a que ya había inspecciones y controles que apuntaban deficiencias. Este documento continúa siendo objeto de diversas interpretaciones según quien la analice: para el Ministerio fiscal es una de las muchas pruebas de las irregularidades cometidas por los ex altos cargos, pero para las defensas no constan pruebas fehacientes que sirvan para alegar la intencionalidad o la prevaricación.

Muy significativa ha sido la intervención del abogado de la acción civil ejercida por Altamira, la empresa inmobiliaria propietaria del terreno del incendio y que se ha hecho cargo de la descontaminación de la zona. Según ha apuntado, el “primer responsable” del fuego es el Gobierno castellanomanchego como organismo, debido a “ocho años de inoperancia sostenida en el tiempo”. Esta administración “es la primera que debería estar aquí, pero como no podemos acusarla, debemos individualizar las conductas”.

Se ha referido con ello a la actuación de los ex altos cargos y funcionarios imputados por los trámites que permitieron que la planta de residuos siguiera operando, con mención especial a Miguel Chillarón Yuste, como director general de Evaluación Ambiental entre 2005 y 2008 y que dio el visto bueno a la mencionada autorización de 2008, donde “empezó todo”. “Cuando la dicta, ya hay una inspección anterior y un expediente sancionador a la empresa y supone un incumplimiento dual, ya que no solo no se denegó que siguiera operando, sino que se la premió”.

De la misma manera, ha considerado que sus sucesores, “lejos de exigir que se cumplieran las inspecciones sancionadoras y de suspender la autorización”, pidieron más documentación, con lo que “dieron oxígeno” a Kuk Medioambiental, la empresa que operaba en la planta, y provocaron que en 2012 se otorgara una modificación de la autorización. También ha señalado directamente al ex viceconsejero de Medio Ambiente, Sergio Davíd González Egido, otro de los imputados, por ampliar la autorización de la planta para gestionar 30.000 toneladas al año de residuos: “No solo conocía la planta perfectamente porque había sido delegado provincial, sino que tenía relación con el Grupo Layna (posterior gestor); lejos de ser parte fiscalizante, era parte de la banda”.

“Desprecio por el medio ambiente”

Respecto a los grupos empresariales imputados, entre ellos Kuk y Layna, el abogado de Altamira ha señalado la “gestión ilegal de residuos peligrosos” que provocaba vertidos en la propia planta de Chiloeches y que “sacaban ilegalmente” para meterlos en Salmedina, gestora de residuos y otra de las compañías imputadas. Ha resumido la presunta trama criminal señalada por la Fiscalía como un “desprecio por el medio ambiente” y ha concluido que el eco mediático del macrojuicio por unos hechos que provocaron un “desastre” ha provocado que “la opinión pública no entenderá una resolución donde no haya ningún culpable”.

Tras esta intervención, ha sido el turno de las defensas de varios de los ex altos cargos imputados. Ha comenzado el abogado del mencionado Miguel Chillarón Yuste, para quien la Fiscalía pide 12 años de inhabilitación especial para empleo o cargo público por el delito continuado de prevaricación administrativa medioambiental. Ha criticado que la imputación se base en un “chascarrillo” o en la “alarma social” de un procedimiento. “La prevaricación tiene que estar probada en la documentación y estamos ante una actuación administrativa reglada y hay que justificar qué norma se ha vulnerado. Esto tiene que tener un punto de apoyo jurídicoo de la actuación de un funcionario en el ejercicio de sus competencias y lo demás son dimes y diretes”.

Por ello, ha insistido en lo que Chillarón ya manifestó durante su declaración en el juicio: no tenía competencias en residuos peligrosos a partir de julio de 2007 y la controvertida autorización ambiental integrada nunca supuso permitir que la empresa siguiera operando sino que establecía “un marco de funcionamiento” en un trámite de audiencia. Según el letrado, la Fiscalía ha obviado todas las cuestiones competenciales y ha “parcheado” sus argumentos para mantener la petición de penas en el escrito de acusación.

“Hemos confundido el todo con la parte, dando por hecho la omnisapiencia que se le presupone a todos los funcionarios, como si conocieran cada expediente al detalle”, ha argumentado, destacado que la actuación del ex director general no fue ilegal “ni tampoco la de las funcionaros que actuaron en esa firma”. “El delito de prevaricación solo puede ser por dolo eventual, algo que no quedado demostrado, y un director general no puede serlo todo, se auxilia, y para eso tiene sus técnicos y sus jefes de servicio”.

Tras ello ha tomado la palabra el abogado de otros tres ex altos cargos imputados: Carlos José Blázquez, que fue director general de Evaluación Ambiental de Castilla-La Mancha de 2009 a 2011; José María Michelena, jefe del Servicio de Medio Ambiente Industrial y, sucesivamente, Jefe de Servicio de Prevención e Impacto Ambiental; y Sergio David González Egido, delegado provincial de Medio Ambiente en Guadalajara entre 2004 y 2008 y viceconsejero de Medio Ambiente de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha entre las fechas 2015 y 2016. Este último presentó su renuncia al cargo poco después del incendio y fue posteriormente cesado.

El abogado ha solicitado la absolución para los tres alegando que no se han defendido bien los argumentos de petición de condena por parte de las acusaciones y del Ministerio Fiscal. Según ha dicho, durante todo el macrojuicio ha habido “ruido” que ha impedido “conocer los mensajes y llegar a conclusiones”. En concreto, ha hablado de “distorsiones” y de imputaciones que “se han amontonado sin coherencia y con contradicciones internas”.  

“Se han confundido criterios de autoría y cooperación necesaria, así como informes e inspecciones con un enfoque nunca visto, y con argumentos sobre el dolo directo o dolo eventual no relacionados con delito alguno”, ha argumentado. Considera que los hechos atribuidos a los tres ex altos cargos se han relatado “de manera errónea o incompleta” puesto que no hubo, ha dicho, trato de favor a las empresas gestores de la planta de residuos, ni tampoco corrupción personal ni cohecho.

Durante su intervención, también ha alegado que en este caso no existe “víctima concreta” de los delitos imputados y la Fiscalía “no ha concretado a quién habría que indemnizar”. Sin ello, “la imputación de responsabilidad civil no tiene eficacia”. Por todo ello, ha denunciado una “ceremonia de la confusión” que apunta a la Administración para “abrir espita de las indemnizaciones, pero que no genera responsabilidad civil porque no hay víctima hipotética del delito”. Ha defendido así la labor de “funcionarios honestos” en base a sus intervenciones durante el juicio: “Sus declaraciones son de un peso tan grande que no entiendo cómo la Fiscalía no ha retirado su petición de penas”.

No hubo “autorías conjuntas o tramas”

Y por último, el letrado ha negado que haya “autorías conjuntas o tramas” en la gestión de residuos peligrosos por parte de los ex altos cargos, mientras se les acusa “de una misma conducta omisiva” en la firma de documentos que, en su opinión, no tiene fundamento ni pruebas. “¿Es posible que haya un cúmulo de funcionarios de la administración y que todos sean todos responsables de prevaricaciones distintas, de una manra desconexa? ¿No será que todos están entendiendo lo mismo y que eso es lo correcto?”, se ha preguntado.

A este argumento se han aferrado también las defensas de Matilde Basarán, directora general de Calidad e Impacto Ambiental entre 2011 y 2015; y de Olga Villegas, jefa de Servicio de Control de Calidad entre 2013 y 2018. Al igual que sus antecesores en la palabra, han alegado que no hubo dolo directo, que se encontraron con un expediente administrativo ya iniciado y que “no podían haber actuado de otra forma” al autorizar ampliaciones de la resolución de actividad de la planta de residuos.

Han pasado más de cinco años desde que el 16 de agosto de 2016 comenzara uno de los incendios de residuos peligrosos más importantes del país. Durante seis días ardieron en Chiloeches (Guadalajara) más de 20.000 toneladas de estos residuos, solo unos meses después del también polémico fuego del vertedero ilegal de neumáticos de Seseña (Toledo). El siniestro sacó a la luz una presunta trama criminal de gestión de residuos, según la instrucción judicial posterior, donde se vieron implicadas 18 personas, seis de ellas ex altos cargos del Gobierno de Castilla-La Mancha, y tres empresas. Estas circunstancias, junto con la pandemia, han alargado el periodo procesal. La retirada de todos los residuos tóxicos terminó hace apenas un año y aún deben analizarse las afecciones al subsuelo.

Los delitos impugnados en este proceso van desde participación en grupo criminal hasta delitos de gestión de residuos peligrosos o delito agravado contra el medio ambiente, así como prevaricación administrativa medioambiental, explotación de instalaciones peligrosas y falsedad en documento mercantil.