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¿Qué tengo que hacer si no puedo ir a trabajar por la borrasca?

El bloqueo de calles y carreteras provocado por la borrasca 'Filomena' ha impedido que cientos de trabajadores y trabajadoras de la región acudan a sus puestos de trabajo con normalidad. Pero, ¿qué significa esto? ¿Cómo se puede justificar de manera reglada una ausencia por causa de fuerza mayor? Desde el sindicato Comisiones Obreras explican que la ley ampara la posibilidad de lass personas de no acudir a su puesto de trabajo, si no se dan las condiciones, y que lo importante es negociar la 'no asistencia' al centro de trabajo, al tratarse de una causa de fuerza mayor climatológica. “Una vez no se ha ido a trabajar, hay que negociar qué ocurre con esa falta de asistencia y compensarla”, explica Raquel Payo, secretaria regional de Política Institucional y Salud Laboral CCOO Castilla-La Mancha.

Payo explica que debe ser la representación de los trabajadores quien negocie las distintas fórmulas que hay: o teletrabajo, que es lo que piden se impulse en estas condiciones, o compensar las horas a través de “otros medios”. “Animamos a las personas que puedan tener presión por parte del empresariado a que acudan, por ejemplo, a los ayuntamientos que certifiquen que no se pueden mover de su sitio de residencia”, recalca la sindicalista. Es lo que ha hecho, por ejemplo, el Ayuntamiento de Toledo, que ha facilitado un correo electrónico para que la ciudadanía pueda pedir este justificante.

“Por una parte, se debe certificar por parte de las autoridades y por otro lado se debe negociar con las empresas el que no se puede acudir a los puestos de trabajo”, señala Payo. En todo caso, advierte de que en el caso de que los hijos no puedan ir al colegio, no está tan claro que sea justificación para no acudir al trabajo, pues existen otras posibilidades. Desde CCOO han señalado que se puede pedir a los centros educativos que expidan un certificado de que el colegio estaba cerrado. La abogada del sindicato en Madrid, Eva Urbano señala que, aunque este caso no está contemplado legalmente, no puede sancionarse porque no puede interpretarse como un incumplimiento de las obligaciones laborales.

Raquel Payo enfatiza que no se pueden retirar días de sueldo, ni tampoco consumir días de vacaciones por no acudir al puesto de trabajo. “Todo pasa por negociar la compensación y la recuperación de las horas perdidas”, recalca la sindicalista. Por otro lado, explica que se debe agradecer a la fuerza de trabajo que permite que sigan abiertos servicios esenciales como supermercados, ayuda a domicilio. “Es fundamental poner esto de manifiesto”, asevera.

Prevención para los trabajadores

Por otro lado, Raquel Payo ha hecho un llamamiento para que las empresas lleven a cabo una gestión preventiva de las bajas temperaturas y que se reduzca el tiempo de exposición de las temperaturas bajas, así como a tener en cuenta las posibles patologías agravantes de trabajadores y trabajadoras ante estas temperaturas extremas.

CCOO advierte de los graves efectos para la salud de los trabajadores y trabajadoras ante una exposición laboral al frío en condiciones extremas, así como del aumento de las posibilidades de sufrir un accidente laboral, ha advertido igualmente la sindicalista. Entre otras, explica que se deben medir de manera periódica la temperatura; establecer regímenes adecuados de trabajo y descanso en áreas protegidas (refugio, habitación caliente); reducir el número de horas de trabajo a baja temperatura; vigilancia específica de la salud para la posible detección de especiales sensibilidades, problemas dérmicos, disfunciones circulatorias o cualquier patología que pudiera agravar la sintomatología.