Una sentencia tumba la creación de 8 puestos de trabajo de libre designación en la Junta de Castilla-La Mancha

El Juzgado de lo contencioso-administrativo número 1 de Toledo ha anulado a instancias de CCOO la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) de la Junta de Comunidades del pasado mes de septiembre de 2019. Se anulan ocho puestos de libre designación de las consejerías de Desarrollo Sostenible, Fomento y Agricultura, Desarrollo Rural y Agua. Además, se restablecen las 32 plazas de concurso suprimidas entonces, la mayoría de ellos de administrativos, auxiliares administrativos y técnicos, correspondientes a seis consejerías, al Sescam y a la Agencia del Agua, según afirman desde el sindicato.

De este modo, se estima “en su integridad” la demanda planteada por CCOO y condena en costas a la Administración, que realizó las modificaciones de la RPT ahora anuladas. “Con la oposición de todas las organizaciones sindicales representativas del Personal Funcionario de la Junta”, recuerdan desde CCOO. La sentencia explica que existió vulneración del derecho a la negociación colectiva en que incurrió la consejería de Administraciones Públicas al faltar a su deber “de buena fe negocial”, “obligación que exige la ley” y que “no puede considerarse inocua, sino relevante en este caso”.

Así, se constatan como hechos probados que, para proceder a modificar la RPT a fin de adaptarla a la nueva estructura de las consejerías, Administraciones Públicas convocó para el lunes 17 de septiembre una reunión de la mesa sectorial del personal funcionario. La consejería, recuerdan, remitió “más de mil folios de documentación” con poca antelación, con “información errónea, duplicada y confusa”, que resultó ser “imposible cotejar con nadie durante el fin de semana”. Además, no se aportó la memoria económica de las creaciones y supresiones de plazas en la nueva RPT.

“Todos los sindicatos reclamaron que se pospusiera la Mesa, para poder aclarar y estudiar la documentación referente a cada plaza y para que el Gobierno añadiera la información requerida sobre las repercusiones económicas de los cambios que pretendía realizar en la RPT; pero Administraciones Públicas rechazó la petición y dio por terminada la negociación el martes 18 sin alterar en nada su planteamiento”, aseguran.

La sentencia señala que “se puede ver que el expediente es complejo, que tiene una amplísima relación de puestos que debe ser analizados, datos económicos que deben ser comprobados, una pluralidad de informes sobre puestos de diferentes regímenes administrativos y un volumen que supera los mil folios. A ello se añade que hay confusiones, duplicidades u oscuridades en los datos que deben ser puntualizados y que no se ha permitido conocer”. Por ello, recalcan que no se ha cumplido con el “requisito de buena fe negocial”, al considerar que existen deficiencias en la documentación trasladada, que “deseguilibran la posición de una de las partes”.

Por otro lado, explica que “no se ha actuado con la flexibilidad ni la diligencia necesarias para garantizar el procedimiento de negociación colectiva, provocando indefensión y la ineficacia de la negociación llevada a cabo”. Por ello, se procede a estimar el recurso del sindicato y anular las resolucionres.

“Exigimos que decline recurrir esta sentencia, que la cumpla sin más y que, de inmediato, abra una verdadera negociación para debatir y acordar una nueva RPT para sustituir a la actual, maltrecha, maltratada y amenazada con las desdotaciones, con los parches, con el sobredimensionamiento de la dirección y la falta de medios y efectivos en la base”, señala Ramón González, coordinador del Sector Autonómico de CCOO-FSC“.

“No puede este Gobierno seguir fiando su suerte a que en algún momento los jueces les den la razón. Ya es hora de que se ahorre censuras judiciales y sentencias condenatorias y opte, como debe, por el diálogo y la negociación.”