El Tribunal Superior de Castilla-La Mancha ha ratificado la sentencia ganada por CCOO en un Juzgado de lo Social sobre el fallecimiento de un trabajador del Ayuntamiento de Albacete, reconociendo su suicidio como accidente laboral. La secretaria general de CCOO Albacete, Carmen Juste, y la responsable de la Sección Sindicalen el Ayuntamiento de Albacete, han comparecido para informar sobre esta sentencia, que declara por tanto que las prestaciones por viudedad y orfandad están vigentes por la contingencia de accidente de trabajo.
Las responsables sindicales han explicado que la sentencia destaca que la causa por la que este hombre falleció fue a consecuencia de la situación vivida en su puesto de trabajo. La relevancia, han explicado, es que este suicidio no sucede en tiempo y lugar de trabajo, sino que sucede en fin de semana, sin que estuviera trabajando.
Además, la sentencia estima que durante el procedimiento judicial es necesario demostrar que el trastorno o patología mental que sufría el trabajador, que estaba “en una situación de estrés laboral”, algo que ocurría en este caso, “sin que se haya probado en forma alguna la posible concurrencia de otros factores personales ajenos a su ámbito laboral que pudieran haber actuado como agentes determinantes de la decisión de suicidarse adoptada”.
En este sentido, Juste y Serna han destacado que los riesgos psicosociales están “infravalorados” por las empresas y por las administraciones públicas que suelen centrar su acción preventiva en los riesgos físicos, y olvidan los psicosociales, “como el estrés laboral que sufría este trabajador del Ayuntamiento de Albacete; una situación de ansiedad que ha sido considerada accidente laboral porque deriva directamente del trabajo”.
La falta de prevención en riesgos psicosociales
También han indicado que muchas empresas no tienen un plan de prevención ni realizan la evaluación de riesgos psicosociales. Es por ello, que han hecho un llamamiento tanto a empresas como a administraciones públicas para que consideren la importancia de los riesgos psicosociales, y evitar este tipo de accidentes de trabajo.
Asimismo, han informado de que CCOO reclamará daños y perjuicios al Ayuntamiento de Albacete, y la indemnización por accidente de trabajo que contempla el convenio, y en la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, a través de denuncia, solicitará el recargo de prestaciones por omisión de medidas de seguridad que establece la Ley general de Seguridad Social, y que tendrá que pagar la mutua.
Para concluir, las responsables sindicales han incidido en que la sentencia recoge cómo en los últimos días existen una serie de decisiones que condicionan el fallecimiento de este trabajador, como es el hecho de que a pesar de los informes del servicio de psiquiatría que desaconsejaban su incorporación al puesto de trabajo, por parte del INSS,se le asigna el alta médica y se le obliga a incorporarse.
“A pesar de que el servicio de prevención recomendó el cambio de puesto de trabajo, por parte del Ayuntamiento no se realizó ninguna actividad tendente a preservar la salud de su trabajador. Todo ello llevó a que el último día antes de incorporarse decidiera quitarse la vida”.