La Junta de Castilla y León impone el confinamiento de Pesquera de Duero a pesar de la negativa judicial y pedirá de nuevo la ratificación
La Junta de Castilla y León impone el confinamiento de Pesquera de Duero (Valladolid) desde este martes y durante 14 días prorrogables, a pesar de que la pasada semana el juzgado tumbó esta misma medida porque, entre otras cosas, consideraba que el informe que presentó la junta para justificar la medida era “incompleto” y un corta y pega de otros confinamientos. El pueblo llegó a estar confinado dos días.
Pero la Consejería de Sanidad no ha esperado a que el juzgado dé el visto bueno a un nuevo informe para volver a restringir la movilidad y la actividad en el municipio. Este lunes el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl), publica a orden por la que se vuelve a confinar Pesquera y aporta los datos del el informe de la Dirección General de Salud Pública, de fecha de este 21 de septiembre, en el que se justifican las medidas acordadas. Así, se precisa que “en el municipio de Pesquera de Duero se constata un incremento significativo del número de casos por COVID 19, incremento que comienza en la semana epidemiológica 35 (del 24 al 30 de agosto), con un pico máximo, hasta el momento, en la semana 37 (del 7 al 13 de septiembre) y un total de tres brotes notificados”. Por ello, de acuerdo a la evolución de la situación epidemiológica descrita y a los efectos de evitar la posible expansión descontrolada de la COVID-19 y contener, por tanto, “lo que ya parece la existencia de transmisión comunitaria de la enfermedad” en el citado municipio, es preciso adoptar medidas de prevención que afectan a la movilidad y circulación de las personas así como al desarrollo de diversas actividades que, por sus características, puedan favorecer la propagación del virus.
Las medidas “sanitarias preventivas de carácter coercitivo” que se aplican en Pesquera de Duero desde este martes pasan por la restricción de la libre entrada y salida de personas del municipio, salvo aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados (asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitario, asistencia a centros docentes, desplazamientos al trabajo o relacionados con este, retorno a la residencia habitual, asistencia y cuidado de mayores o dependientes, causas de fuerza mayor...). La circulación por carretera y viales que transcurran o atraviesen el territorio de dicho municipio estará permitida, siempre y cuando tengan origen y destino fuera del mismo. Se permite la circulación de personas residentes dentro del municipio, si bien se desaconseja los desplazamientos y realización de actividades no imprescindibles. También se suspenden las visitas en los centros residenciales de personas mayores, salvo circunstancias individuales en las que sean de aplicación medidas adicionales de cuidados y humanización o situaciones de final de la vida, que adoptará la dirección del centro. Asimismo, no se permiten las salidas de los residentes fuera del recinto de la residencia salvo para acudir al médico y similares o situaciones de fuerza mayor. La participación en cualquier agrupación o reunión de carácter privado o no regulado en dicho municipio, se limitará a un número máximo de 10 personas, tenga lugar tanto en espacios públicos como privados, excepto en el caso de personas convivientes.
La Junta recuerda en la orden que los ciudadanos deberán colaborar activamente en el cumplimiento de las medidas y que los incumplimientos individualizados podrán constituir infracción administrativa de conformidad con lo dispuesto en el Decreto-Ley 7/2020, de 23 de julio. Las fuerzas y cuerpos de seguridad darán traslado de las denuncias que formulen por el incumplimiento de las medidas de prevención a las autoridades competentes.
El seguimiento y control de las medidas adoptadas se desarrollará en el marco del Plan Territorial de Protección Civil de Castilla y León (PLANCAL). La vigilancia, inspección y control del cumplimiento de las medidas recogidas en esta orden corresponderá a las autoridades estatales, autonómicas y locales competentes, según el régimen de distribución competencial previstos en la norma aplicable. Se dará traslado de la presente orden a la Delegación del Gobierno, al Ayuntamiento de Pesquera de Duero, así como a los ayuntamientos limítrofes, a los efectos de recabar su cooperación y colaboración, en su caso, a través de los cuerpos y fuerzas de seguridad y de la policía local, para el control y aplicación de las medidas adoptadas.
Por último, la Junta volverá a pedir la ratificación de esta orden.
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