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Opinión - Ni liderazgo ni autoridad. Por Esther Palomera

El nuevo impuesto de basuras de Valladolid costará una media de 71 euros por vivienda

Europa Press

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El Ayuntamiento de Valladolid ha aprobado este martes en Junta de Gobierno la ordenanza fiscal que regula la 'tasa de basuras', que como ha defendido el alcalde de la ciudad, el 'popular' Jesús Julio Carnero, es una “obligación de la normativa nacional y europea”, que supondrá un importe medio de 70,87 euros para cada domicilio vallisoletano y en el caso de los negocios variará entre los 80,74 y los 1.711,62 euros.

El regidor, acompañado por el concejal de Hacienda, Personal y Modernización Administrativa, Francisco Blanco, ha informado de esta novedad impositiva, que entrará en vigor el 1 de enero de 2025 tanto para viviendas como para establecimientos y cuyo periodo de pago previsiblemente estará abierto entre primeros de julio y finales de octubre del próximo año.

Carnero ha defendido que el Ayuntamiento establece la tasa “porque es una obligación legal” y una “imposición estatal que conmina a las administraciones locales al establecimiento” del tributo. Por parte del equipo de Gobierno, ha recordado, podrían haberla aprobado hace un año para que ya hubiera estado en vigor el 1 de enero de 2024, pero han “agotado el plazo que da la ley” para aplicarla el 1 de enero del próximo ejercicio.

Además, ha recordado que hace justo una semana el equipo de Gobierno anunció una bajada de impuestos que afecta principalmente al IBI, con una rebaja del 5 por ciento en 2025, y al ICIO, si bien la cifra que se ahorrarán los contribuyentes con el descenso del Impuesto sobre los Bienes Inmuebles, que se cifra en algo menos de 4 millones de euros, es mucho menor que los 17,8 millones que se prevé recaudar con la nueva tasa de recogida de basuras.

En cualquier caso, Carnero ha explicado que ante la “imposición” de esta tasa los ayuntamientos podían optar por bajar los impuestos que están en su mano o no bajarlos y así el Ayuntamiento de Valladolid ha optado por la primera opción porque recalca que confía en los ciudadanos.

Asimismo, ha subrayado que la tasa de basuras, en la parte que afecta a las viviendas está “muy por debajo de la media nacional”, ya que ha comparado los 70,87 euros de media por domicilio que indica que supondrá el nuevo tributo en 2025 con los 92,80 euros de promedio en los ayuntamientos españoles que indica el estudio 'Observatorio de la Fiscalidad de los Residuos 2023'.

La Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, que obliga a las entidades locales a su establecimiento en 2025, ha señalado el alcalde, obedece al principio de que “quien contamina paga” de modo que la tasa no puede ser deficitaria al ser preciso repercutir íntegramente el coste neto de los servicios de recogida, transporte y tratamiento de residuos, incluida la vigilancia de las operaciones y el mantenimiento posterior al cierre de los vertederos.

El coste de estos servicios en el Ayuntamiento de Valladolid asciende, según los datos extraídos de la contabilidad analítica, a 17.786.389 euros. Y según Jesús Julio Carnero, la recaudación tendrá como destino “finalista” sufragar esos costes.

En el caso de las viviendas la tasa variará en función de la superficie y el número de personas empadronadas y se compondrá de una parte fija que se genera por la propia prestación del servicio por parte del Ayuntamiento, fijada en 51,25 euros y una parte variable en la que entrarán en juego los criterios de tamaño y dimensión de los núcleos familiares.

Con estos parámetros, la cuota oscilará entre los 53,27 euros para una vivienda sin personas empadronadas y de menos de 60 metros cuadrados y los 97,44 euros en el caso de un domicilio de más de 360 metros de superficie y con seis o más empadronados. Una familia de cuatro miembros en una vivienda de 90 metros cuadrados deberá pagar 80,12 euros al año.

En el caso de los locales y actividades económicas, las cuotas se establecerán en función de la actividad económica que se desarrolla en el local y la superficie. Para ello, se han asignado unos coeficientes multiplicadores a cada uno de los cinco grupos de actividad, en función de la producción de residuos que se estima que tienen.

Así, por ejemplo, una instalación cultural se considera del Grupo A y tendrá una cuota básica, un centro deportivo será del Grupo B y tendrá un coeficiente multiplicador de 1,5; un comercio en general será del grupo C, con un coeficiente de 2; un negocio de hostelería sin restaurante, del grupo D, con coeficiente de 3; y un hotel o restaurante será del grupo E, con coeficiente de 4.

De acuerdo con ello, la tasa oscilará entre los 80,74 euros que pagaría un establecimiento del grupo A con superficie inferior a 50 metros cuadrados y los 1.711,62 de un grupo D con más de 400 metros cuadrados. Como ejemplo, un bar-cafetería con local de 150 metros cuadrados pagaría 653,97 euros al año.

El Ayuntamiento de Valladolid remitirá la liquidación del tributo a los propietarios de las viviendas, establecimientos o locales (titulares catastrales), los cuales podrán repercutir, en su caso, las cuotas satisfechas sobre inquilinos o arrendatarios que son los usuarios del servicio de recogida transporte y tratamiento de residuos.

Exenciones y bonificaciones

Las exenciones y no sujeciones a la tasa están relacionadas o bien con que no producen residuos asimilables a domésticos, o bien con que no reciben el servicio por el que se tributa.

Se prevén bonificaciones tanto por razones sociales como medioambientales. Así, las familias numerosas tendrán bonificada la tasa en un 50 por ciento de la parte variable de la cuota; mientras que los contribuyentes que acrediten que la renta familiar, no supera 1,5 veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) estarían bonificados hasta el 75 por ciento de la parte variable de la cuota. Estas dos bonificaciones serán compatibles.

Además, aquellos contribuyentes que se acojan a un programa de compostaje domiciliario individual, que estará controlado por el Ayuntamiento, también serán bonificados en el 75 por ciento de la parte variable de la cuota.

Con las bonificaciones que se prevén, la cantidad de la tasa para 2025 podría verse reducida hasta los 51,25 euros que son el importe fijo de la misma.

El estudio prevé también algunas singularidades, como en los casos en que un inmueble que tenga la consideración de vivienda (uso residencial), se utilice como vivienda y además se ejerza en él una actividad económica por uno de los miembros de la unidad familiar, se aplicará la tarifa fijada para viviendas.

En los casos en que un inmueble que tenga la consideración de vivienda y se destine exclusivamente al ejercicio de una actividad, se aplicará la tarifa que le corresponda en función de la actividad económica desarrollada.

Cuando una sola finca catastral esté dividida físicamente en varias unidades, se tributará independientemente por cada inmueble diferenciado, de acuerdo con su uso.

Tributación alternativa

Además, en el supuesto de locales o establecimientos, pueden optar por una tributación alternativa. En tal caso podrán presentar al Ayuntamiento una declaración que justifique, por un lado, la producción real anual de residuos asimilables a domésticos, debidamente acreditada por una auditoría de empresa especializada, la cual esté certificada y, por otra parte, el cumplimiento de la normativa vigente en lo que se refiere a la recogida y eliminación del resto de residuos generados. La vigencia de la auditoría será anual.

La Administración, previa comprobación de la declaración, expedirá la liquidación de la tasa de acuerdo con los datos aportados por las personas usuarias, con un precio por kilogramo de residuo en función de su consideración. Esta tarifa será de un mínimo de 80,74 euros, que es la tasa más baja para un establecimiento.