- Ester Quintana: “No se está haciendo la Justicia que necesitamos”
Las dudas que sembró la defensa de los antidisturbios del caso Quintana han obtenido el resultado deseado: la Audiencia de Barcelona ha absuelto a los dos Mossos d'Esquadra acusados de reventar un ojo a Ester Quintana con una bala de goma porque le ha resultado “imposible de determinar” qué arma policial y qué agente de los Mossos d'Esquadra mutiló a Ester Quintana.
“No ha quedado acreditado que las lesiones fueran causadas, necesariamente, por una pelota de goma”, concluye la sección tercera de la Audiencia de Barcelona en la sentencia absolutoria, que la abogada de Quintana, Laia Serra, quiere estudiar a fondo antes de tomar la decisión de presentar recurso. Si bien el tribunal absuelve a los acusados por falta de pruebas, sí considera probado que fue un agente de los Mossos, “que no ha podido ser identificado”, quien lesionó gravemente a Quintana.
La defensa de los Mossos apuntó durante el juicio al proyectil policial de foam y a agentes antidisturbios de otra furgoneta policial, la Dragó 414 (la de los acusados era la Dragó 40) como posibles autores de los hechos. El tribunal coincide con las dudas sobre la autoría y el arma que mutiló a Quintana. De un lado, el tribunal ve “imposible determinar si el proyectil que impactó en Ester Quintana era una pelota de goma o un proyectil de 40mm de foam”, aunque reconoce que “lo más probable” es que fuera una bala de goma.
Por otro lado, la Audiencia asegura que “existen buenas razones para pensar” que la escopeta policial que vio un testigo “podría corresponder” a la furgoneta Dragó 414. Y pese a coincidir con los dos disparos que relató Quintana en el juicio, el tribunal ve “imposible determinar” qué agente los efectuó. “Tampoco podemos hacer ninguna afirmación concluyente sobre cual de los dos disparos o detonaciones fue la que ocasionó las lesiones de la víctima”, resuelve el tribunal.
Ante la duda del arma y el agente que mutiló a Quintana, la defensa pedía la absolución del escopetero y el subinspector acusados, tal y como ha sentenciado la Audiencia. Durante el juicio la Fiscalía acusó a la defensa de “orquestar una cerimonia de la confusión”. El Ministerio Público pedía dos años de prisión y cuatro años de inhabilitación, mientras que la acusación popular de Quintana solicitaba nueve años de cárcel.
El tribunal censura a Interior y a los Mossos
Ester Quintana se ha quedado sin la verdad judicial sobre quién la disparó, aunque la sección tercera de la Audiencia sí ha censurado tanto la actuación de los antidisturbios de la jornada de huelga general del 14 de noviembre de 2012 en que Quintana perdió el ojo así como la investigación posterior de la conselleria de Interior.
Así, el tribunal considera que los antidisturbios que llevaban en el momento de los hechos las escopetas de balas de goma o las lanzadoras de foam “sabían que estaban incumpliendo los protocolos establecidos para la utilización de dichas armas”. Asimismo, la Audiencia asegura que los agentes “no podían desconocer” que las instrucciones establecidas en los protocolos “tienen por objetivo evitar sucesos tal lamentables como el presente, que ha provocado en Ester Quintana unas lesiones y secuelas que sin duda le van a seguir afectado de forma permanente a los largo de toda su vida”.
La Generalitat, después de dar más de media docena de versiones sobre lo que pasó en el cruce entre Gran Via y Passeig de Gràcia aquel 14 de noviembre de 2012, terminó reconociendo que fue un proyectil policial el arma que lesionó a Quintana. En consecuencia, indemnizó a Quintana con 260.000 euros antes de que empezara el juicio. No obstante, Interior nunca ha admitido que fuera una bala de goma, tal y como dictaminaron los forenses durante el juicio.
El tribunal también ha censurado la actuación de los responsables de Interior en el momento de los hechos, el exconseller Felip Puig y el exdirector general de la Policía, Manel Prat, que en un principio negaron la autoría policial de las lesiones de Quintana. La Audiencia considera que la negación de los disparos policiales por parte de Interior “condicionó desde un primer momento, perjudicándola, la investigación de los hechos”. En este sentido, cabe recordar que Interior encargó investigar lo sucedido al subinspector imputado.
“Posiblemente, si la investigación de los hechos se hubiera iniciando dando por buena, aunque fuera de forma provisional, la versión que daba la víctima, la misma hubiera podido dar unos resultados más fructíferos y se habría obtenido una mayor información sobre lo realmente acontencido”, señala la Audiencia.