La Audiencia de Barcelona ha dejado este jueves a la cantante Shakira a un paso del juicio al apreciar que existen suficientes indicios de que defraudó 14,5 millones de euros a Hacienda simulando no residir en España y ocultando su renta mediante un entramado societario con sede en paraísos fiscales entre los años 2012 y 2014. Salvo pacto de última hora con la Fiscalía, habitual en casos de fraude fiscal de famosos, la cantante se sentará en el banquillo de los acusados.
En un auto, los magistrados de la sección 10ª de la Audiencia de Barcelona desestiman el recurso de la cantante y avalan la decisión del juez instructor de Esplugues de Llobregat de sentarla en el banquillo. En cambio los jueces exculpan y archivan el caso para un abogado de Shakira, defendido por el letrado Cristóbal Martell.
Consideran los magistrados que de la propia declaración de la artista en fase de instrucción se desprende “con claridad” que sabía que no debía permanecer físicamente en España más de 183 días para poder tributar en el extranjero, pero que no obstante pasó más tiempo en Barcelona sin cumplir con sus obligaciones fiscales.
El proceso penal deriva de una querella de la Fiscalía, que acusa de seis delitos contra la Hacienda pública a la artista colombiana, quien ya ha pagado los 14,5 millones que la Agencia Tributaria le exigía –más otros tres millones en intereses– por un supuesto fraude fiscal cometido entre los años 2012 y 2014, lo que no impide que se siente en el banquillo. Ahora corresponde al Ministerio Público presentar escrito de acusación contra la cantante.
Alegaba Shakira que Hacienda se había valido de pruebas “indirectas”, como fotografías de Instagram o de la prensa, para situarla en España más de 183 días y que en realidad había mantenido su residencia fiscal en Bahamas durante todos los años investigados. Y añadía la cantante que no podía conocer al establecerse en Bahamas que “algún día, por tener contacto” con España, se suscitaría un “problema de interpretación” tributario.
Tras conocer la decisión judicial, la cantante ha emitido un comunicado en el que ha defendido que su conducta tributaria ha sido “intachable” y que ha “confiado y seguido fielmente el criterio de los mejores especialistas y expertos asesores”.
Redes sociales, peluquerías y un centro comercial
Los jueces descartan los tres argumentos de la defensa al realizar un preciso análisis de los días pasados por Shakira en España o incluso en una 'masía' de Perpiñán (Francia). La conclusión de los togados es clara: las fotografías que Hacienda tomó de las redes sociales de la cantante, las facturas en peluquerías y centros comerciales o los billetes de avión son “medios aptos” para acreditar la presencia de la cantante en España.
También considera la Audiencia que el juez instructor fue “racional” al concluir que varios episodios de la vida de Shakira entre 2012 y 2014 eran suficientes para determinar su “presencia efectiva superior a los 183 días” en España, incumpliendo así su obligación de tributar en nuestro país.
Entre los episodios destacan momentos ampliamente reflejados por la prensa, como la compra de una vivienda en Barcelona, el alquiler de un estudio de grabación en la capital catalana, las visitas de su familia a Barcelona, ciudad en la que también la cantante realizó el seguimiento de su embarazo. Pero hay más: las compras de Shakira y sus asistentes en el Corte Inglés de Diagonal, cafeterías, taxis, o para alquilar coches, o la escolarización en Barcelona en 2014 de su hijo menor.
En total, el contador de Hacienda situaba a Shakira en España 243, 212 y 244 días en 2012, 2013 y 2014 respectivamente, mientras la cantante alegaba que permaneció en nuestro país menos de 183 días todos los años (163,159 y 178). Los magistrados realizan un ejercicio matemático al restar los días en los que Shakira alegaba que Hacienda se equivocaba al situarla en España para concluir que, igualmente, la cantante superó el límite legal de presencia en España con 189, 187 y 220 días en cada uno de los años investigados. “El balance final sigue siendo una aparente estancia efectiva en España superior a los 183 días”, zanjan los togados.
Constatado que la cantante superó el límite de días que la obligaban a tributar en España, los jueces tildan de “irrelevante” el certificado de residente fiscal en Bahamas aportado por la defensa de Shakira como argumento de defensa.
Argumentaba en último lugar la cantante que nunca pudo saber de que si pasaba tantos días en España debía tributar en nuestro país porque sus asesores fiscales no le informaron, por lo que debía ser exculpada. Un alegato que tampoco aceptan los magistrados al contradecirse con lo declarado por la propia Shakira en fase de instrucción, cuando explicó que sus asesores le transmitieron que debía permanecer más de 183 días en España.