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La Audiencia de Barcelona rechaza por tercera vez dejar libre a Dani Alves antes del juicio por agresión sexual

Tercer intento y tercera negativa. La Audiencia de Barcelona ha vuelto a denegar al futbolista Dani Alves su petición de libertad y ha mantenido su prisión provisional, acordada el pasado mes de enero, previsiblemente hasta el juicio por agresión sexual que se celebrará el próximo año.

En un auto, la sección 21ª de la Audiencia de Barcelona, que juzgará a Alves, insiste en que “se cumplen todos los requisitos para la prisión provisional” que ya había validado la sección 3ª de la misma instancia, encargada de resolver los recursos en la fase de instrucción. El motivo principal para denegar la libertad a Alves es el riesgo de fuga a Brasil que los jueces aprecian en el futbolista en caso de dejarle libre.

La Fiscalía pide nueve años de cárcel para Alves al considerarlo autor de una agresión sexual a una joven la madrugada del 31 de diciembre del año pasado en la discoteca Sutton de Barcelona. La solicitud de pena de cárcel incluye una petición de indemnización a Alves de 150.000 euros, una cantidad que el futbolista ya consignó en verano tras ser procesado para hacer frente a su eventual responsabilidad en caso de condena.

En este sentido, el futbolista había alegado en su petición de libertad que el hecho de haber consignado ya la cantidad máxima con la que indemnizar a la víctima en caso de condena le supondría una rebaja en su eventual pena de cárcel el beneficiarse de una atenuante de reparación del daño. Los jueces, sin embargo, paran los pies a la defensa de Alves y advierten de que no puede dar por sentada una rebaja de pena por haber consignado toda la posible indemnización para la denunciante.

“Se ha establecido por el Tribunal Supremo que no necesariamente la satisfacción íntegra del importe reclamado supone la aplicación de la atenuante de reparación del daño como muy cualificada”, indican los jueces a Alves. Los magistrados, en contra de lo defendido por el jugador, argumentan que el abono de compensación económica en delitos sexuales “podría tener diferente alcance que la indemnización en los delitos patrimoniales, lo cual tampoco puede establecerse con anterioridad a la celebración del juicio”.

La Audiencia de Barcelona aduce, en contra del criterio esgrimido por la defensa del brasileño, que sí persiste el riesgo de fuga, puesto que no han variado las circunstancias. Al contrario, dice la Sala, en la medida en que se ha acordado la apertura de juicio oral contra Alves, que Fiscalía ya ha presentado escrito de acusación y dada la proximidad de su celebración, ello “no hace más que incrementar el riesgo de fuga”.

“Ninguna de las medidas alternativas” propuestas en su día por la defensa del jugador, como la entrega del pasaporte o el uso de una pulsera telemática, “podría conjurar el riesgo de fuga”. “Solamente la prisión preventiva podrá evitar dicho riesgo”, subraya el auto.