Catalunya acaba con la prohibición del 'topless' que imponían algunos ayuntamientos en piscinas públicas

En Catalunya este verano se podrá hacer 'topless' en cualquier piscina pública. La Generalitat ha enviado una carta a todos los municipios para recordarles que “la prohibición a las mujeres de usar las instalaciones con el torso desnudo, lo que se conoce como 'topless', constituye una discriminación”, igual que lo es no permitir el acceso a aquellas que se decanten por “un vestido de baño que tape más partes de su cuerpo”, como el vestido de baño integral o 'burkini'.

Con esta misiva se pone el broche final al trabajo que diversos colectivos, encabezados por Mugrons Lliures (Pezones Libres), que lleva años luchando para garantizar el acceso de todas las mujeres a las piscinas municipales, independientemente de su indumentaria. Hace unos cinco años, la prohibición de hacer 'topless' en Catalunya era generalizada en todo el territorio y estas entidades consiguieron revocar algunas ordenanzas.

La aprobación de la ley de igualdad de trato y no discriminación, en 2020, supuso un cambio de tuerca. El texto establece que prohibir el uso de las instalaciones a personas en base a su indumentaria es una “discriminación”. Pero como las piscinas municipales son gestionadas por los Ayuntamientos, muchos de ellos han establecido normativas municipales contrarias a la ley.

Durante el verano de 2022, la Generalitat asegura que recibió diversas quejas por discriminación en piscinas públicas. Por eso, decidió enviar la carta a los consistorios el pasado marzo, a tres meses de la apertura de las piscinas y con tiempo suficiente para cambiar la normativa. Así, recordaba que estas prohibiciones “excluyen a parte de la población del acceso a determinados servicios y vulneran la libre elección de cada persona sobre su propio cuerpo”. Además, establece que “no serán de aplicación las ordenanzas municipales” que vayan en contra de este pincipio.

En la misma misiva, la Generalitat insiste en que tampoco se puede prohibir que una mujer dé el pecho en una piscina municipal ni la entrada a “cualquier colectivo por su origen étnico, como grupos de jóvenes racializados o familias gitanas”.

Así, sobre la vestimenta, sólo se especifica que debe “ser adecuado para la actividad acuática”, en tanto que garantice la higiene y la salud pública y “en todo caso”, que cubra los genitales. De esta manera, sí queda prohibido el uso de ropa de calle para el baño.