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El Constitucional admite a trámite el recurso del PP contra la amnistía y mantiene como ponente al magistrado Macías

José María Macías, toma posesión de su cargo como magistrado del Tribunal Constitucional.

Alberto Pozas

5 de noviembre de 2024 11:27 h

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El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso del Partido Popular contra la ley de amnistía y ha aceptado que el magistrado José María Macías, que se opuso activamente a la ley cuando era vocal del Poder Judicial, sea el ponente de la sentencia. El pleno, por unanimidad de todos sus miembros, ha rechazado la recusación presentada por la Abogacía del Estado al considerar que es “prematura”. Todavía tienen que estudiar una petición similar de apartar a Macías interpuesta por la Fiscalía pero en otros recursos.

En las últimas semanas el tribunal de garantías ha recibido una veintena de recursos e impugnaciones contra la ley de amnistía. Varias de ellas ya han sido admitidas a trámite, como la cuestión de inconstitucionalidad presentada por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, y hay más de una decena de recursos de las comunidades autónomas y parlamentos regionales gobernados por el PP pendientes de pasar este primer trámite.

El recurso del partido de Alberto Núñez Feijóo que acaba de ser admitido a trámite es, según fuentes del tribunal, el más relevante por ser el que más abarca dentro de la ley de amnistía y el que va a marcar el camino al resto de recursos. El ponente, José María Mácias, había sido recusado por haber capitaneado la oposición del sector conservador del Consejo General del Poder Judicial a la ley cuando era vocal de este organismo. El pleno todavía tiene que estudiar una recusación contra Macías planteada por la Fiscalía en otro de los recursos que han sido admitidos a trámite.

En un comunicado, el pleno del tribunal de garantías explica que la recusación de la Abogacía se presentó antes incluso de que el recurso del PP fuera admitido a trámite y eso implica su inadmisión. “Determina la inadmisión de la recusación planteada por su carácter prematuro, al formularse fuera del plazo”, explica en el texto.

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