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Opinión - Cada día un Vietnam. Por Esther Palomera

Los juicios de los 'riders' contra Deliveroo llegan a Barcelona: un exrepartidor reclama 12.000 euros

Primer juicio de los 16 que le esperan a Deliveroo en Barcelona por su modelo laboral. En el juzgado de lo social 21 de la capital catalana se ha celebrado este miércoles la vista por el presunto despido improcedente del 'rider' Oriol Alfambra en agosto del año pasado. El demandante quiere que el juez sentencie que Deliveroo usa la figura del falso autónomo para no ofrecer los derechos laborales que tendría un asalariado y reducir así sus costes laborales. Pide 12.000 euros de indemnización. Alega además que la empresa prescindió de él porque fue uno de los participantes de la huelga de 'riders' julio de 2017, algo que Deliveroo niega.

El juicio de este miércoles es la expresión local de una controversia que afecta a toda la llamada 'economía colaborativa'. ¿Son grandes empresas aprovechándose de falsos autónomos o un nuevo tipo de relación laboral basada en la flexibilidad que también es beneficiosa para el trabajador? De momento, en España no hay ninguna sentencia sobre el caso de los 'riders' que entregan comida a domicilio, aunque además del de Barcelona ya se ha celebrado otro juicio en Valencia este mismo mes de mayo.

En una vista que se ha alargado más de cinco horas, el abogado de la empresa ha negado que exista una relación laboral con el repartidor despedido porque Deliveroo no marca el horario ni el lugar de trabajo de los 'riders' ni les da directrices concretas. La relación, ha insistido, es mercantil: los 'riders' prestan un servicio profesional, en este caso el reparto por encargo, e incluso pueden trabajar para la competencia, algo que no podría hacer un empleado. “La única sugerencia para entregar los pedidos es la ruta que pueda marcar Google Maps”, ha zanjado.

Asimismo, el letrado ha reconocido que las condiciones laborales de los repartidores de Deliveroo han generado “un gran debate social”. “El juicio se celebra en la calle”, ha sentenciado, a lo que el juez, cortándole, ha respondido: “La calle no va a dictar nada en este juicio”.

El abogado también ha negado que el despido tuviera relación con la huelga de 'riders'. De hecho, no reconoce al 'rider' como representante sindical porque tampoco es un trabajador al uso, a ojos de Deliveroo. El letrado ha explicado que la empresa envió en junio una propuesta a los 1.000 repartidores que tiene en España en la que les ofrecía la posibilidad de seguir con una relación mercantil o bien pasar a ser autónomos económicamente dependiente (TRADE), una figura por la que se reconoce que el autónomo percibe de uno sólo cliente el 75% de todos sus ingresos.

Como Alfambra y otros 200 repartidores no contestaron, ha añadido, se procedió a la extinción de sus contratos mercantiles. El 'rider', al que representa el Col·lectiu Ronda, asegura que no contestó porque no estaba de acuerda con las condiciones ofrecidas por la empresa.

El juez Ramon Llena ha interrogado a los responsables de la empresa sobre varias cuestiones clave para dictaminar si la relación de los repartidores con Deliveroo es mercantil o laboral. Por ejemplo, si los 'riders' trabajan con los medios de transporte y materiales proporcionados por la empresa, si Deliveroo puede decidir qué 'riders' se hacen cargo de un pedido, las condiciones para su entrega o si una evaluación negativa de un repartidor le da menos oportunidades para poder trabajar durante una franja horaria determinada.

Esta última cuestión, según fuentes jurídicas, puede determinar que hay una relación de dependencia entre el repartidor y la empresa, y por lo tanto una relación laboral enmascarada en una de mercantil. A preguntas del juez, un responsable de Deliveroo ha afirmado que un repartidor tiene una “probabilidad más alta” de entrar en una franja horaria de reparto si ostenta una posición alta en el ránking de calidad de la empresa, aunque ha matizado que esto no implica que automáticamente se le encomienden más encargos.

Los testigos propuestos por el 'rider' han incidido en que sí había directrices por parte de la empresa. Una formadora de repartidores ha afirmado que Deliveroo obligaba a cambiar de zona de reparto a los 'riders'. Y ha asegurado, bajo juramento, que la empresa recomendaba en una guía no usar las palabras “sueldo” o “turnos” a la hora de enseñar el negocio a los nuevos repartidores.

Coincidiendo con la batalla judicial, Alfambra y una veintena de exrepartidores de Deliveroo y Glovo han presentado su propio proyecto de aplicación de entregas a domicilio con el que quieren luchar contra la “precariedad” a la que, asegura Alfambra, les abocan las plataformas tecnológicas. Se trata de la cooperativa Mensakas, en la que se contratará como empleados a todos los repartidores. Antes de ponerla en marcha necesitan 32.000 euros que pretenden conseguir en una campaña de micromecenazgo. Además, ya han empezado a hablar con restaurantes para arrancar el negocio. La competencia, dicen, suele ser sana.

La agente judicial, con el lazo amarillo

La vista contra Deliveroo ha permitido comprobar que no todos los juzgados tienen vetado el lazo amarillo, el símbolo para protestar contra el encarcelamiento de los líderes independentistas. La agente judicial del juzgado de lo social 21 de Barcelona, la funcionaria encargada de auxiliar al magistrado, realizar las notificaciones y llamar y mostrar los documentos a los testigos, ha lucido el lazo en su chaqueta durante toda la vista con total normalidad, a diferencia de lo que ha sucedido en otras salas de justicia. 

Por ejemplo, el titular del juzgado de instrucción 13 de Barcelona, que investiga los preparativos del referéndum, obligó a un testigo a quitarse el lazo, a lo que este se negó. Y en Badalona, un juez obligó a una novia a quitarse una chapa a favor de la libertad de los políticos presos para poder celebrar la boda con su marido.