Un juzgado de Barcelona ha denegado la admisión a trámite de un atestado de Asuntos Internos de la Guàrdia Urbana que denunciaba a cuatro agentes por haberse quedado objetos decomisados a unos vendedores de top manta en agosto. El magistrado considera que no se trata de un delito y que, como mucho, debería ser un hecho a investigar por las vías internas del cuerpo policial.
Según el atestado de la Unidad de Deontología y Asuntos Internos, el 5 de agosto cuatro agentes intervinieron en la Rambla de Barcelona diversos objetos, posiblemente piezas de ropa y calzado, que tenían expuestos a la venta unos manteros. Estos huyeron al ver llegar a la policía y abandonaron la mercancía.
Los agentes, en lugar de hacer los trámites administrativos pertinentes antes de destruir la ropa -que se supone que era falsificada- presuntamente se la quedaron y no comunicaron el decomiso.
A finales de agosto, el Ayuntamiento tuvo constancia de esta supuesta manipulación negligente en la custodia del material y abrió un expediente disciplinario de los cuatro agentes, a los que se aplicaron medidas cautelares desde mediados de septiembre. Se les suspendió de sueldo y empleo y se llevó el expediente a fiscalía, que quedó suspendido hasta que el juez decidiera.
La interlocutoria señala que se desconoce exactamente qué objetos fueron decomisados y si se los repartieron entre todos los agentes o sólo se los quedó uno de ellos. También recuerda que los hechos se descubrieron en septiembre, cosa que impide hacer una cronología de los hechos y, además, considera que los hechos no son delictivos.
De hecho, el magistrado apunta que, ni siquiera, son malversación, porque los objetos que se habrían quedado no eran patrimonio público. Tampoco considera que sea un delito contra el patrimonio porque no hay un perjudicado concreto y tampoco tienen un valor concreto, ya que son piezas falsificadas que deberían haber sido destruidas.
El desconocimiento del valor de los productos decomisados ha jugado en favor de los agentes, pero en otros momentos también ha sido clave para la absolución de vendedores ambulantes. De hecho, en 2019, la Audiencia Provincial ya descartó que el top manta causara graves perjuicios a las marcas de lujo.
Por su parte, el Sindicato Mantero de Barcelona ha denunciado que se trata de una práctica habitual entre los agentes, sobre todo en épocas estivales y festivas como Navidad.