Un juez ha acordado convertir en fijo, con el mismo régimen de estabilidad e inamovilidad de los funcionarios de carrera, a un interino de la Diputación de Barcelona debido a la “relación laboral abusiva” establecida por el ente provincial, que obligó al trabajador a encadenar en diez años seis contratos para hacer el mismo trabajo.
Así lo ha determinado el titular del Juzgado contencioso administrativo número 17 de Barcelona en una sentencia, en que estima el recurso del trabajador, al considerar que su interinidad ha sido “injustificadamente larga” y que su puesto es de carácter “estructural”, ya que “atiende a cubrir necesidades ordinarias estables y permanentes”.
El trabajador recurrió a la justicia después de que la Diputación de Barcelona se negó a darle la condición de fijo, pese a que ha encadenado durante diez años seis contratos para hacer el mismo trabajo como interino.
El juez rechaza en su sentencia, que se puede recurrir, que la crisis económica o las restricciones presupuestarias sean una excusa suficiente para justificar esta interinidad y subraya que las negociaciones entre la Diputación y los sindicatos para intentar resolver el problema no son óbice para que el trabajador reclame sus derechos.
Por este motivo, estima su demanda y transforma su relación laboral “abusiva por temporal” y reconoce su derecho a permanecer en su puesto de trabajo “con los mismos derechos y con sujeción al mismo régimen de estabilidad e inamovilidad” que rige para los funcionarios de carrera, aunque sin adquirir esta condición.
De esta forma, encadenó un nuevo contrato entre septiembre y diciembre de 2011, otro entre enero y junio de 2012 y un cuarto entre enero de 2013 y junio de 2019, momento en que pasó a cubrir una plaza de técnico superior, lo que le supuso una promoción profesional y mejora retributiva.
Esta situación se mantuvo con un contrato entre junio y diciembre de 2019, al que siguió uno nuevo de diciembre de 2019 hasta la actualidad, lo que supone que en diez años y siete meses ha encadenado seis nombramientos.
Según el juez, la “única conclusión razonable” en este caso es que efectivamente el contrato del demandante es “abusivo”, ya que ha realizado las mismas funciones de forma “constante y continuada” mediante sucesivos contratos de interinidad.
“Esta situación es debida al incumplimiento por parte del empleador de su obligación legal de organizar un proceso selectivo”, resalta el juez, que apunta que la duración de interinidad ha sido “injustificadamente larga”.