Una jueza de Barcelona ha anulado una multa de 90.000 euros que el Ayuntamiento de la capital catalana impuso en 2019 al portal inmobiliario Idealista por discriminación en un anuncio de un piso de alquiler que exigía que los inquilinos tuvieran la nacionalidad española.
En su sentencia, que no es firme y el Ayuntamiento recurrirá, el juzgado de lo contencioso administrativo número 1 de Barcelona estima el recurso que presentó el portal inmobiliario y declara nula la sanción impuesta por el consistorio, la primera que se abría en Catalunya por discriminación por razón de origen en el acceso a una vivienda.
La Justicia sí confirmó la sanción por el mismo anuncio discriminatorio al Agente de la Propiedad Inmobiliaria (API) que buscaba como inquilinos a “parejas, estudiantes, personas españolas”, pero en cambio anula la multa a Idealista al concluir que no se puede considerar al portal como a un agente inmobiliario.
La sentencia da la razón al portal al considerar que Idealista es una empresa prestadora de servicios de la sociedad de la información, sin que pueda considerarse un agente inmobiliario, por lo que no es posible “imponerle obligaciones generales de supervisión”.
Al no ser equiparable a un agente inmobiliario, Idealista podía beneficiarse del principio de exención de responsabilidad que reconoce la directiva europea relativa al comercio electrónico.
Además, la jueza considera que el Ayuntamiento de Barcelona debió haber dirigido a Idealista un “requerimiento previo específico de retirada del anuncio”, antes de exigirle cualquier responsabilidad, por lo que infringió los preceptos establecidos en la normativa sobre comercio electrónico.
El abogado Xavier Junquera, socio de derecho público del bufete Baker McKenzie en Barcelona, que ha representado a Idealista en este litigio, ha destacado que la sentencia “confirma el papel neutral de las plataformas de correo electrónico”, de forma que los responsables de los anuncios son los titulares de los mismos.
Para el letrado, el Ayuntamiento inició un “desafortunado expediente sancionador” contra la plataforma, “sin tener en cuenta los razonamientos jurídicos ni las normas aplicables al caso”.
Por su lado, fuentes municipales han remarcado que la sentencia no niega que el anuncio fuera ilícito tal como resolvió la Unidad de Disciplina municipal, sino que cuestiona la responsabilidad de Idealista “en tanto que se considera que no es un agente inmobiliario, sino un mero portal de información”.