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La Justicia concluye que puede imponer más castellano en las aulas pese al nuevo decreto sobre el catalán

Pau Rodríguez

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El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha hecho públicas este martes tres nuevas sentencias que obligan a tres colegios concretos a impartir al menos un 25% de clases en castellano. A pesar de que Catalunya aprobó nueva legislación que especifica que no se pueden aplicar porcentajes lingüísticos en las aulas, los magistrados han concluido que esto no impide resolver favorablemente a las demandas de más castellano de familias concretas. 

Justo un día después de que la Generalitat anunciase un nuevo decreto para “dar más seguridad jurídica” al uso del catalán como lengua vehicular, las tres sentencias arguyen que la nueva legislación catalana “no desplaza completamente el castellano”, ya que contempla su uso como “educativo y curricular”. Esto les permite, aseguran, adoptar medidas para garantizar la presencia mínima del castellano de acuerdo con el marco constitucional, que fija que esta lengua debe ser también vehicular en la enseñanza. 

El conflicto alrededor de la inmersión lingüística sigue sin embargo pendiente de resolverse una década después de que este mismo tribunal, el TSJC, fijara el 25% como porcentaje mínimo de castellano en las aulas. Desde entonces, las sentencias particulares se sucedieron hasta que en 2020 llegó el fallo que exigía a la Generalitat aplicar esa cuota de castellano en todo el sistema educativo. 

Justo cuando vencía el plazo para aplicar la sentencia del Tribunal Supremo, la Generalitat se sacó de la manga una nueva ley de política lingüística en el Parlament, pactada con PSC y comuns, y un decreto ley. En la primera, se le daba al castellano el estatus de lengua “curricular”, y en el segundo, se fijaba que los criterios para decidir el uso de una lengua en clase debían ser pedagógicos y no responder a porcentajes preestablecidos. Todo ello obligó a los jueces a reconocer que no se podía aplicar el 25%, pero a la vez presentaron ante el Tribunal Constitucional una cuestión de inconstitucionalidad al entender que esas nuevas normas no cumplen la Carta Magna. 

En sus sentencias publicadas este miércoles han insistido en este parecer. “Consideramos que el modelo lingüístico introducido por el Decreto Ley 6/22 y la Ley 8/22 es inconstitucional”, insisten, al entender que no le dan carácter oficial del castellano como lengua de enseñanza. 

Con todo, y a la espera de que el Constitucional se pronuncie, los magistrados argumentan que la falta de un fallo definitivo por parte del Alto Tribunal no les impide seguir resolviendo casos concretos de familias demandantes. “No se plantea en este recurso la situación general del sistema de enseñanza de Catalunya, sino la concreta situación del hijo de la parte recurrente”, afirman. “Lo realmente determinante es la posibilidad de garantizar jurisdiccionalmente al alumno un uso docente mínimo del castellano en un centro en concreto que, en definitiva, es lo que aquí se pretende”, añaden.

La consellera de Educación de la Generalitat, Anna Simó, ha salido al paso de las sentencias para acusar al tribunal de entrar en campaña y acusarle de “excederse” en sus funciones. Simó ha insistido en que el Ejecutivo catalán seguirá adelante con el decreto anunciado el lunes y que “no se verá afectada” por las decisiones de los tribunales. “Se están excediendo en sus funciones. Está suplantando funciones y así lo haremos notar. Las sentencias no son firmes y las recurriremos”, ha dicho.