La Justicia vuelve a suspender el ingreso en prisión de los neofascistas que asaltaron Blanquerna
Por segunda vez los neofascistas condenados por el asalto a la librería Blanquerna de la Generalitat en Madrid el año 2013 eluden la cárcel. La Audiencia Provincial de Madrid ha ordenado suspender el ingreso en prisión de 12 de los condenados a la espera de que se resuelva el recurso de amparo que diez de ellos han presentado ante el Tribunal Constitucional así como el indulto que han solicitado dos de los sentenciados. Hay otros dos condenados en busca y captura.
En 2017 el Tribunal Constitucional ya suspendió el ingreso en prisión de los condenados, entre ellos varios dirigentes de Falange o Democracia Nacional que después han vuelto a los juzgados por otros ataques contra independentistas. Es el caso del líder de Falange, Manuel Andrino, que se enfrenta a tres años de cárcel por llamar a “matar por España” o del dirigente de Democracia Nacional Pedro Chaparro, condenado en otro caso por incitar al odio contra un fotoperiodista.
Los condenados por el asalto a Blanquerna eluden de nuevo la prisión cuando se han cumplido ya más de siete años de los hechos. El 11 de septiembre de 2013 los condenados irrumpieron en la librería de la delegación de la Generalitat para impedir la celebración del tradicional acto conmemorativo de la Diada de Catalunya. Rompieron la puerta y profirieron gritos de “no nos engañan Catalunya es España”, además de empujones y amenazas a los asistentes, entre ellos varios diputados catalanes.
En primera instancia la Audiencia Provincial de Madrid impuso a los neofascistas penas que oscilaban entre los seis y ocho meses de prisión por desórdenes públicos y una multa por daños, si bien el Supremo anuló parcialmente el fallo en 2017 y elevó las condenas hasta los cuatro años de cárcel. En noviembre de 2017 el Tribunal Constitucional suspendió el ingreso en prisión de los neofascistas mientras estudiaba sus recursos, de acuerdo con el criterio de la Fiscalía, en aplicación de su doctrina que permite eludir la cárcel en condenas de menos de cinco años mientras resuelve los recursos de amparo
El Constitucional terminó aceptando los recursos de los condenados e instó al Supremo a dictar una nueva sentencia al considerar que la anterior, en la que aplicó la agravante de motivos de discriminación ideológica que no había apreciado la Audiencia de Madrid, vulneró sus derechos a un proceso con todas las garantías y a la presunción de inocencia. El Alto Tribunal volvió a condenar en julio de 2020 a los neonazis, en este caso a penas de 2 años y 7 meses a doce de ellos; 2 años y 8 meses a Jesús Fernando Fernández por encabezar la acción, y a un mes más a Juan Luis López por haber tenido un papel protagonista en los hechos.
Tras esta sentencia, el Alto Tribunal devolvió el caso a la Sección 30 de la audiencia madrileña para que ejecutara las condenas, y desde entonces a todos los condenados se les ha requerido en al menos una ocasión el ingreso voluntario en prisión, contra el que han alegado que han recurrido en amparo al Constitucional o que han pedido el indulto.
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