Un juez imputa a un Mosso d'Esquadra por lesionar a un joven tras el desalojo de Can Vies

Un juez de Barcelona ha citado como imputado un agente antidisturbios de los Mossos por las lesiones que le ocasionó a un joven tras el desalojo del centro social de Can Vies en mayo del año pasado. En una providencia, el titular del juzgado de instrucción número 3 de Barcelona ha citado como imputado para el próximo 4 de noviembre del agente de los antidisturbios que fue fotografiado mientras daba un golpe con su porra a un joven que pasaba por la zona con una bicicleta.

Además, el juez también ha ordenado a la División de Asuntos Internos (DAI) de los Mossos que identifique el agente que aparece en las fotografías del incidente junto al mosso imputado, ya que, en su caso, no se aprecia su número de identificación policial. El juez también ha citado, en este caso como testigos, al cabo del equipo del que formaba parte el agente imputado, así como el reportero gráfico que captó imágenes de lo ocurrido.

El magistrado ha adoptado esta decisión después de que la Audiencia de Barcelona le ordenara en abril pasado reabrir la investigación, al apreciar que “sin duda” existen indicios de delito en el batacazo que lesionó al oído al joven.

El joven se querelló contra los dos agentes por las lesiones que sufrió en una oreja cuando recibió un golpe en la cabeza de un batacazo propinada por el agente imputado, a pesar de que los protocolos de actuación establecen que los porrazos sólo se pueden dar de cintura para abajo.

En su querella, el joven identificó uno de los dos agentes -el que le pegó con la porra y ha sido imputado- con el código alfanumérico que llevan los antidisturbios, mientras que el otro aún no ha podido ser identificado. El juez de instrucción había denegado inicialmente la admisión a trámite de la querella formulada por el joven, aunque la Audiencia revocó su decisión y estimó “forzosa” la apertura de una investigación, ya que consideraba que los hechos descritos por el joven y recogidos en las fotografías “revisten sin duda a nivel indiciario caracteres de infracción penal”.

Según la Audiencia, no existen dudas de que el “menoscabo corporal” que sufrió el joven -con lesiones que requirieron un tratamiento médico y quirúrgico-, “se produjo como consecuencia del acometimiento en la cabeza con una porra que llevaba uno de los agentes ”.

En el escrito en el que rechazó admitir la querella, el juez que ahora ha imputado al mosso sostuvo que los agentes requirieron al joven para que no entrara en la zona de conflicto por los disturbios tras el desalojo de Can Vies, ante la cual éste, lejos de atender a lo que se le ordenaba, optó por desobedecer, se enfrentó a los agentes y los embistió con la bicicleta que llevaba, por lo que advertía que incluso podría haber cometido un delito de desobediencia.

Sin embargo, la Audiencia corrigió al juez y precisó que ni la querella detallaba hechos para acusar al joven de un delito de desobediencia ni “por supuesto” las imágenes permitían llegar a la conclusión de que el querellante agredió los mossos valiendose de la bicicleta en la que iba.

Después de los incidentes por el desalojo de Can Vies, el entonces consejero de Interior, Ramon Espadaler, acordó abrir una investigación interna sobre este batacazo en la oreja para determinar si la actuación policial fue correcta o no.