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Absueltos siete de los nueve acusados de atacar el coche oficial de Montoro en 2014

Escrache a Montoro

Oriol Solé Altimira

El caso del 'escrache' al coche oficial del exministro de Hacienda Cristóbal Montoro en Vilanova y la Geltrú (Barcelona) en 2014 se ha saldado con absoluciones para siete de los nueve acusados y penas mínimas para los únicos dos jóvenes condenados. La Audiencia de Barcelona ha condenado a José Miguel D.C a seis meses de prisión por un delito de atentado contra agentes de la autoridad, mientras que la pena impuesta a Pau F.G. ha sido de un año de cárcel por un delito de atentado a la autoridad. Ambos no tendrán que entrar en prisión al ser penas menores a dos años.

La sentencia supone un revés casi total a las tesis de la Fiscalía, que pedía ocho años de prisión para el acusado que finalmente ha sido condenado a seis meses. En concreto, el tribunal sentencia que el joven golpeó con un palo al mosso d'esquadra que evitó que se acercara al coche de Montoro y de otros líderes del PP después de un mitin de la campaña de las europeas de 2014. En el caso del joven condenado a un año de cárcel la pena solicitada por el ministerio público era de cuatro años. A todos los acusados la Fiscalía aplicaba una agravante por discriminación ideológica que el tribunal descarta.

La propia Fiscalía, pese a las elevadas penas solicitadas, reconoció que no había podido hallar a los autores concretos del lanzamiento de piedras y botellas contra la comitiva de políticos, entre los que se encontraban la diputada Alicia Sánchez–Camacho y el eurodiputado Santiago Fisas. El joven Pau F.G. sí ha sido condenado por dar dos patadas al coche oficial “con ánimo de menoscabar el principio de autoridad” que representaban los políticos. Los hechos probados de la sentencia indican que fue apartado inmediatamente por los Mossos d'Esquadra.

Respecto a los dos condenados, las magistradas de la sección quinta de la Audiencia de Barcelona remarcan que no se ha podido probar que lanzaran objetos contra la comitiva. En el mismo sentido se expresa el tribunal sobre los otros siete acusados que han terminado absueltos. Para empezar, porque de tres de ellos ni siquiera se ha podido probar que estuvieran en la parte de atrás del edificio por el que salieron los coches oficiales una vez se comprobó que la salida por la puerta principal no era posible debido a lo protesta que habían convocado colectivos independentistas y la PAH.

Sobre los otros cuatro, las magistradas concluyen que “no existe prueba de cargo suficiente que permita atribuirles actos de lanzamiento de objetos, ya fuera hacia los vehículos o hacia los agentes de la autoridad”. Tampoco ve el tribunal que la protesta “tuviera como finalidad alterar la paz pública, sin perjuicio de que se generara una alteración momentánea del orden y un caos evidente” durante el “momentáneo y puntual entorpecimiento del turismo” oficial del por entonces ministro.

En suma, el tribunal no ve acreditado que la protesta tuviera como objetivo amenazar a los políticos o incitar a la violencia directa contra ellos, al contrario que la Fiscalía, que acusaba a los jóvenes de formar un “grupo organizado” para frustrar la celebración del mitin del PP. El tribunal recuerda que el acto político se pudo celebrar sin problemas, y que el 'escrache' contra la comitiva oficial se produjo al finalizar el mitin.

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