La activista de los Comités de Defensa del Referéndum (CDR) Tamara Carrasco ya sabe a qué juzgado debe acudir para reclamar poner fin a más de un año de confinamiento en su domicilio de Viladecans (Barcelona). La Audiencia de Barcelona ha resuelto enviar su causa a los juzgados de instrucción de Barcelona en vez de a los de Gavà. Dos juezas se pasaron durante cuatro meses la causa de Carrasaco, negando respectivamente que la competencia para investigarla fuera suya.
Finalmente, y a instancias del juzgado de instrucción 24 de Barcelona, la Audiencia de Barcelona ha decidido que el caso se quede en el citado juzgado de la capital catalana. Lo ha hecho en contra del criterio de la jueza de Barcelona y de la Fiscalía, que mantenían que la competencia era de los juzgados de Gavà.
Argumentaban que el único hecho presuntamente delictivo atribuido a Carrasco era un mensaje de audio en el que la activista llamaba a realizar cortes en las carreteras. Al sospechar que el mensaje se había grabado desde su domicilio, jueza y fiscal mantenían que el caso debía recaer en los juzgados de Gavà, de los que depende Viladecans.
Por contra, la Audiencia de Barcelona indica que la argumentación de la jueza sobre que el mensaje se grabó en Viladecans es una “mera presunción”, ya que no ha llevado a cabo ninguna diligencia para sustentarla. De ahí que mantenga la competencia sobre la jueza de Barcelona, ya que además los presuntos desórdenes públicos impulsados por Carrasco se habrían materializado con cortes de carreteras y manifestaciones en la estación de Sants y las avenidas Meridiana y Diagonal de la capital catalana.
Fuentes de la defensa de Carrasco, que ejerce el abogado Benet Salellas, han informado a este diario que presentarán de inmediato una petición para que la activista pueda volver a recuperar la libertad de movimiento, una vez determinada la competencia. Carrasco lleva desde el mes de abril de 2018 confinada en su municipio de Viladecans por orden de la Audiencia Nacional, instancia que investigó a Carrasco en un primer momento.
Cabe recordar que fue el mismo mensaje de audio el que provocó la detención y el registro de la casa de Carrasco por presuntos delitos de terrorismo o rebelión. La Fiscalía de la Audiencia Nacional llegó a pedir prisión provisional para Carrasco. No obstante, el juez instructor rechazó de plano los presuntos delitos de terrorismo y rebelión y limitó la causa a unos desórdenes públicos.
El descarte de los delitos más graves no aparejó el levantamiento de la medida cautelar que impide a Carrasco salir de Viladecans, con la excepción de acudir a su puesto de trabajo, desde hace trece meses. Y es que la Audiencia Nacional, antes de enviar la causa a los juzgados catalanes, argumentó que “la actividad de los CDR no había cesado” para mantener a Carrasco confinada en Viladecans, denegándole incluso un permiso para visitar a su madre cuando se rompió una pierna.