El juicio del procés encara su recta final y 50 sesiones no han hecho cambiar de opinión a las acusaciones. La Fiscalía y la Abogacía del Estado han mantenido sus respectivas acusaciones de rebelión y sedición contra los líderes soberanistas. Además, el Ministerio Público ha pedido que, en caso de que los acusados sean condenados a más de cinco años, no se les pueda otorgar el tercer grado hasta cumplir la mitad de la pena, una solicitud contemplada para delitos muy graves. El resto de acusaciones no se ha sumado a la petición fiscal.
La otra novedad ha sido que Vox ha retirado las acusaciones de desobediencia y organización criminal contra el exconseller de Empresa, Santi Vila, manteniendo las penas de hasta 74 años de cárcel para el resto de acusados. De esta forma, la Fiscalía mantiene las penas de 25 años de prisión por el delito de rebelión que solicitó para Oriol Junqueras; los 17 que reclamó para Jordi Sànchez, Jordi Cuixart y Carme Forcadell; los 16 que solicitó para el resto de exconsellers en prisión acusados de rebelión; y los siete para los exconsellers en libertad provisional Santi Vila, Carles Mundó y Meritxell Borràs, acusados de desobediencia y malversación.
Por su lado, la Abogacía del Estado se ha ratificado en pedir 12 años de cárcel por sedición para Junqueras; 10 para Forcadell y 8 para los Jordis. No cambia tampoco su petición de 11 años y medio para los exconsellers Jordi Turull, Joaquim Forn, Josep Rull, Raül Romeva y Dolors Bassa por sedición y malversación, ni la de 7 años para Santi Vila, Carles Mundó y Meritxell Borràs por malversación y desobediencia.
En esencia, las conclusiones de la Fiscalía tras la vista oral son las mismas que las que presentó el pasado 2 de noviembre. Según los fiscales, el plan soberanista contemplaba la utilización de la violencia mediante el acuerdo entre Govern y Mossos para usar “llegado el caso” los 17.000 agentes de la policía catalana “como un cuerpo policial armado”. El Ministerio Público también considera violentas las concentraciones “tumultuarias” convocadas por Òmnium y ANC el 20 de septiembre en Economía y el 1-O en los colegios.
Entre las novedades del escrito respecto a las conclusiones provisionales, la Fiscalía también ha tildado el periodo entre el 20 de septiembre y la declaración de independencia del 27 de octubre de “claramente insurreccional”, la misma descripción realizada por el teniente coronel de la Guardia Civil Daniel Baena, que estuvo al frente de las investigaciones del 1-O.
Los fiscales sí otorgan mayor importancia que la contemplada en su escrito de conclusiones provisionales a las dos reuniones que la cúpula de los Mossos d'Esquadra celebró con Carles Puigdemont, Oriol Junqueras y Joaquim Forn en los días previos al 1-O. La Fiscalía recoge todo lo declarado por el major Josep Lluís Trapero y los comisarios Ferran López y Miquel Castellví, y destaca que los mandos “pidieron a sus responsables políticos que desconvocaran el referéndum para evitar que se produjeran choques y enfrentamientos con las fuerzas del orden”.
“Al finalizar la reunión –añaden los fiscales–, el procesado rebelde, entonces presidente de la Generalitat, manifestó a todos los presentes que si el 1 de octubre había violencia declararía la independencia”. Esto mismo declaró en el juicio el comisario Ferran López, mano derecha de Trapero y luego jefe del cuerpo bajo el 155.
De esta forma, los fiscales avalan la versión de que la cúpula de los Mossos se enfrentó al Govern y le instó a no celebrar el 1-O, pero al mismo tiempo sostienen que en la jornada del referéndum “los mandos de los Mossos d’Esquadra antepusieron las directrices políticas al cumplimiento de la ley” y facilitaron la votación enviando una patrulla a cada colegio, el denominado 'binomio'.
Esta patrulla ha suscitado versiones opuestas en el juicio. Mientras Trapero y López han asegurado que el binomio contaba desde el 25 de septiembre con el aval del coordinador del Ministerio del Interior para impedir el 1-O, Diego Pérez de los Cobos, éste lo negó y aseguró que se enteró de este plan después de la votación.
Por su lado, las defensas, al igual que las acusaciones, han mantenido las respectivas peticiones de absolución, pero algunas han añadido que pedirán quedar libres en base a una eximente del Código Penal que permite quedar exento de responsabilidad criminal “al que obre en cumplimiento de un deber o en el ejercicio legítimo de un derecho, oficio o cargo”. En el caso de los exmiembros del Govern, esta eximente responde a sus programas electorales que incluían convocar un referéndum, mientras que en el caso de los ‘Jordis’ se refiere a los derechos de reunión y manifestación.