La Fiscalía ha mantenido su petición de pena de tres años de prisión contra un independentista por “golpear con un martillo” la puerta del parque de la Ciutadella y “dar un empujón” a un mosso d'esquadra durante los incidentes que se sucedieron durante la investidura fallida de Puigdemont del 30 de enero de 2018. En su informe final, la fiscal ha asegurado que el acusado “violentó el cerrojo” de la puerta con el martillo y “acometió una agresión” contra el agente.
La defensa ha reclamado la absolución y ha planteado al tribunal que eleve una cuestión de constitucionalidad al considerar que la actual redacción del delito de desórdenes públicos es contraria al derecho fundamental de reunión.
En la sección 21 de la Audiencia de Barcelona se ha celebrado este miércoles el juicio contra un hombre acusado, que en su última palabra ha defendido que le juzgan por “motivos políticos” y ha asegurado que si hubiera martilleado la puerta durante las fiestas de la Mercè la Fiscalía no le pediría tres años de prisión. “Aquí no trabajo para la libertad de mi país pero fuera sí y me podréis juzgar y encarcelar pero no cambiar mis ideas. '¡Visca la terra i mori el mal govern!'”, ha zanjado.
La sesión ha estado marcada por la retirada a última hora de la acusación particular de la Generalitat después de que este viernes eldiario.es revelara que el ejecutivo catalán pedía diez meses más de cárcel que la Fiscalía. “La retirada se podía haber producido mucho antes y ejemplificar que la Generalitat no quiere ser un sujeto represor”, ha afirmado el abogado de la defensa, Benet Salellas.
Fiscalía y defensa están de acuerdo en el hecho principal de acusación: el acusado ha reconocido que golpeó con un martillo una cadena del parque de la Ciutadella. Para la Fiscalía esto suponen dos años de cárcel por desórdenes públicos, en concreto al producirse en un contexto de manifestación y con un martillo con un arma. El empujón al mosso además es según la fiscal un delito de atentado, por el que pide un año de cárcel.
Por contra, para la defensa, que niega el empujón, los hechos no son delito alguno, como máximo una multa administrativa. Pero además, Salellas cuestiona la raíz de la acusación por desórdenes públicos en una manifestación. Argumenta Salellas que el marco de manifestación no puede usarse para castigar un desorden público ya que vulnera el derecho de reunión. “No puede ser que al mismo tiempo la manifestación sea derecho fundamental y agravante”, ha aseverado el letrado, que ha pedido al tribunal elevar una cuestión de inconstitucionalidad al Constitucional por vulneración de derechos fundamentales.
De la declaración de los testigos además ha quedado claro que la supuesta agresión al mosso no quedó reflejada en ninguna de las grabaciones aportadas al caso, por lo que solo se sustenta en el relato del sargento y el agente de los Mossos d'Esquadra que inmovilizaron al acusado.
El hombre ha negado, a preguntas de su defensa, que en ningún momento empujó ni dio una patada al agente, como sí han sostenido los policías. También ha habido versiones opuestas sobre la lesión de rodilla que presenta el acusado debido a la intervención policial: mientras el hombre la vincula a la reducción policial –“un agente saltó sobre mi rodilla–”, los mossos han apuntado a que a lo mejor se produjo cuando un agente le hizo la zancadilla para que cayera al suelo. El sargento incluso ha planteado que sea una lesión ficticia pese a los partes médicos.
Además los dos mossos y otros dos testigos se han contradicho sobre si en el momento de aparecer los agentes el acusado golpeaba la puerta de la ciutadella con el martillo o si fue antes. Mientras los policías así lo han afirmado, otros dos testigos han dicho que cuando llegaron los mossos el acusado ya había dado el martillo a otro manifestante.