Juristas cuestionan la toma de control de la seguridad en Catalunya por parte de Interior

¿Estado de Derecho o Estado de Excepción? Bajo este título han debatado cinco juristas de distintas ramas del derecho este sábado en Barcelona sobre las querellas, requisas de carteles, detenciones y control de los Mossos por parte de Interior que han seguido a la convocatoria del referéndum y a su supensión por parte del Constitucional.

El debate, moderado por la subdirectora de eldiario.es Neus Tomàs y organizado por el Ayuntamiento de Barcelona, ha contado con los diagnósticos y valoraciones del magistrado emérito del Tribunal Supremo José Antonio Martín Pallín; la catedrática de Derecho Constitucional de la Universitat de Barcelona, Mercè Barceló; la jurista y exdiputada del Parlament Gemma Calvet; el juez de primera instancia Guillem Soler; y el abogado y miembro de la comisión de defensa del Colegio de Abogados de Barcelona (Icab), Àlex Solà.

Inevitablemente, el debate ha versado sobre la última noticia conocida este mismo sábado, la toma de control de los Mossos y de la seguridad en Catalunya por parte de Interior. Salvo Soler, los ponientes ha coincidido en cuestionar el nuevo movimiento de Interior. “No hay ningún ordenamiento jurídico que justifique cambiar el mando de los Mossos”, ha valorado Calvet, que ha tildado de “kafkiana” la denuncia por sedición presentada por la Fiscalía este viernes.

Martín-Pallín ha considerado que para llevar una medida tan “excepcional” sobre los Mossos se tendría que haber aplicado de forma correcta el artículo 155 de la Constitución. “Pero como todo en este país, el 155 lo hemos copiado mal de otros países”, ha añadido, y ha recordado que el nuevo “coordinador” de los Mossos es un Guardia Civil hermano del expresidente del Tribunal Constitucional.

Por su lado, Solà ha definido como “anómalo” que la orden sobre los Mossos provenga del fiscal superior de Catalunya, ya que ha considerado que la Fiscalía “no pinta nada” en la coordinación de los cuerpos policiales.

A lo largo de una hora y media de debate, salvo Soler, el resto de juristas han coincidido en que el derecho penal no tendría que haber sido la respuesta al referéndum y a la cuestión catalana, y también en que el Gobierno del PP y los poderes del Estado están aplicando medidas propias del estado de excepción, como el control de los Mossos, sin haberse declarado formalmente en las Cortes.

Sí ha habido unanimidad total en un aspecto: el adjetivo para definir el referéndum, a día de hoy, no puede ser “ilegal”, ya que solo se encuentra suspendido por el Tribunal Constitucional, que debe todavía hacer un examen de su adecuación a la carta magna.

Solà ha hecho hincapié en que la vulneración de derechos colectivos e individuales propia del estado de excepción, como la requisa de carteles o la prohibición de actos en Madrid o Gijón, se está produciendo sin que se haya declarado en las Cortes, y, por lo tanto, sin las garantías temporales y de contenido que ello supone.

También Martín Pallín ha resaltado que se aplican medidas propias del estado de excepción “sin acuerdo parlamentario, pero sí con un acuerdo soterrado de PP, C's y, de momento y lamentablemente, no con una oposición firme del PSOE”.

Por su lado, el magistrado Guillem Soler, miembro de Jueces para la Democracia, aunque ha asistitdo y participado en el acto a título personal, ha querido recordar que en un estado de derecho “la ilegalidad en abstracto no existe”, sino que tiene que referirse a un ámbito del derecho concreto -civil, penal, administrativo- y tiene que determinar qué persona responde de una actuación concreta.

Más allá de la respuesta del Estado al referéndum, para la catedrática de derecho constitucional de la Universitat de Barcelona Mercè Barceló, el artículo 92 de la constitución permitiría celebrar un referéndum en Catalunya si hubiera voluntad política de todas las partes. El motivo es que la Constitución “es democrática y por eso recoge el principio de no dominación, de respeto de las mayorías para las minorías”.

Sin embargo, a su juicio, si a la práctica no se ha usado el artículo 92 para celebrar una consulta es porque hacerlo hubiera significado “reconocer la existencia como sujeto político” de Catalunya, algo que, ha recordado, el Constitucional “intentó liquidar” con su sentencia sobre el Estatut.

El cuarto teniente de alcaldía de Barcelona, Jaume Asens (BComú), ha sido el encargado de abrir el acto. Asens, que además de concejal es abogado penalista, ha considerado que el control sobre los Mossos, las detenciones de cargos del Govern o las citaciones de la Fiscalía a más de 700 alcaldes se enmarcan en un “contexto de suspensión de derechos y en lo que parece ser una causa general donde el derecho penal está yendo más allá del Estado de Derecho”.