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La Justicia da la razón a eldiario.es y reconoce su derecho a conocer los sueldos de los directivos del Metro de Barcelona

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha fallado a favor de eldiario.es y de la Comisión de Garantía de Acceso a la Información Pública (GAIP), al rechazar el recurso interpuesto en 2016 por 163 cargos de la empresa pública de Metro y Bus de Barcelona. Los directivos acudieron a la justicias para evitar que este diario publicara sus nombres y salarios, como acabó haciendo el año pasado una vez las medidas cautelares fueron levantadas. Ahora la Justicia además reconoce mediante sentencia el derecho de cualquier ciudadano a conocer esa información y a los medios de publicarla.

La investigación iniciada por eldiario.es arranca en febrero de 2016, con una petición para conocer las identidades y retribuciones de las categorías más altas del personal fuera de convenio de la empresa TMB, que depende del Área Metropolitana de Barcelona. El grupo sobre el que se realizó la solicitud englobaba a algo más de dos centenares de personas, todas ellas con sueldos por encima de los 60.000 euros y que, en muchos casos, superaban los 100.000. Pese a tratarse de dinero público, la administración se negó desde el primer momento a revelar su plantilla de directivos y los sueldos de cada uno.

La Comisión de Garantía de Acceso a la Información Pública (GAIP), el organismo que vela por el cumplimiento de la ley de transparencia en Catalunya, dictó una resolución favorable a este diario unos meses después, en la que obligaba a TMB a entregar toda la información reclamada. Ante esto, un grupo de directivos y altos cargos interpusieron un recurso ante el TSJC, contra la resolución de transparencia en la que eldiario.es compareció como codemandado.

El tribunal comenzó dictando medidas cautelares para embargar la información, pero finalmente las levantó. En ese momento el diario publicó por primera vez los nombres y salarios completos de los jefes de la empresa de metro y bus de Barcelona, revelando que 50 directivos de TMB se habían repartido 60 millones en la década de la crisis.

Finalmente el Tribunal ha resuelto el caso este mes de febrero, cuatro años después del inicio del caso, en un fallo de especial trascendencia para la interpretación del derecho a la transparencia. Por una parte, la sentencia asegura que el personal fuera de convenio “debe ser considerado como altos cargos y/o personal responsable o directivo dentro de la estructura de gestión de TMB. Además el TSJC considera que la información de las retribuciones íntegras de cada directivo ”no incluye ninguno de los [datos] personales especialmente protegidos“ por lo que no se puede alegar ”vulneración del derecho a la intimidad“ para ocultarlo.

El TSJC además recoge ya la interpretación del Tribunal Supremo del pasado diciembre, que contradice una anterior de la Audiencia Nacional, en el sentido de considerar que no hay límite temporal para la información afectada por la ley de transparencia y que, por tanto, debe ser accesible toda la que obre en poder de la administración, sin importar si estuvo elaborada antes o después de la entrada en vigor de la ley.

La Justicia declara así la prevalencia del derecho de la ciudadanía a conocer las retribuciones de dinero público, en este caso en lo relativo a una de las empresas públicas más importantes y con más trabajadores de Catalunya. Además condena a los directivos demandantes a pagar las costas del proceso.