Movimiento en el frente judicial del proceso soberanista. El Tribunal Supremo ha retirado la orden europea de detención y entrega que emitió la Audiencia Nacional el pasado 3 de noviembre contra Carles Puigdemont y sus cuatro exconsellers que permanecen en Bruselas, así como las órdenes de detención internacional contra todos ellos. El Alto Tribunal trata de evitar así que la Justicia belga pueda limitar los delitos por los que encausar a Puigdemont y a los exconsellers y que no les acuse de la rebelión y la sedición que se investiga en España.
Formalmente, el magistrado Pablo Llarena fundamenta la retirada de la euro–orden en tres elementos. En primer lugar, la “intención” de Puigdemont y los exconsellers de volver a España, y, por lo tanto, dejar de huir de la Justicia española para tomar posesión de su acta de diputado.
Todos los exconsellers fugados son candidatos al 21D por JxCat –el expresident, Clara Ponsatí y Lluís Puig– o ERC –Toni Comín, y Meritxell Serret. Sin embargo, cabe recordar que al mantenerse vigente la orden de detención en territorio español, Puigdemont y los exconsellers serán detenidos cuando pisen España.
El magistrado también argumenta el carácter “plurisubjetivo” del delito de rebelión, esto es, que en los hechos que se investigan han participado más de dos personas. En este sentido, el magistrado remarca lo que ya apuntó en el auto por el que mantuvo en prisión a Oriol Junqueras, Joaquim Forn y los 'Jordis': que los investigados, tanto los que huyeron a Bélgica como los que se quedaron en España, actuaron de común acuerdo y “en concierto” para llevar a cabo la independencia de Catalunya bien por vías pacíficas o violentas.
En consecuencia, la investigación penal “debe ser llevada de manera unificada, pues de otra manera se podría conducir el proceso a respuestas contradictorias y divergentes” para los distintos imputados. Apunta así el magistrado a la posibilidad de que la Justicia belga tumbe parcialmente la euro–orden y se niegue a extraditar a Puigdemont por todos los delitos reclamados por la Audiencia Nacional –rebelión, sedición, prevaricación, malversación y desobediencia– como uno de los motivos que le ha llevado a retirarla.
“Al ser posible que el Estado requerido [Bélgica] deniegue parcialmente la ejecución de las órdenes de detención, se está posibilitando la restricción de la imputación para los investigados que se encuentran fugados”, asevera el magistrado. La posibilidad de que Bélgica deniegue parcialemente la ejecución de las órdenes de detención también introduciría, según Llarena, “perturbaciones de defensa” para los imputados que sí están en España, que “podrían ser investigados y enjuiciados por todos los delitos, colocándose así en peor derecho que quienes se encuentran fugados”.
En otras palabras, se podría dar la situación que mientras Junqueras está imputado por rebelión y sedición, que comportan hasta 30 y 15 de años de cárcel, la Justicia belga decida que Puigdemont sea investigado sólo por malversación (penado con hasta ocho años de cárcel) o incluso desobediencia, este último delito con una pena máxima tan sólo de dos años de inhabilitación.
Llarena, consciente de que la Fiscalía belga apoya la extradición de Puigdemont pero no por todos los delitos que pidió la Audiencia Nacional, añade que, de producirse una extradición parcial se introduciría una “distorsión sustantiva” a las defensas de los exconsellers que sí han comparecido ante el Supremo, que permanecerían imputados por todos los delitos, a diferencia de los dirigentes huidos a Bélgica.
De esta manera, queda paralizado el proceso judicial en Bélgica de Puigdemont, en el que el próximo 14 de diciembre el juez de primera instancia debía pronunciarse sobre la extradición. En sus alegatos contra la extradición, de hecho, las defensas argumentaron la negativa de Llarena de imponer una fianza de 6,2 millones de euros a los exconsellers, según ha informado TV3.